BULLAS MOCION PRESENTADA EN LA ASAMBLEA REGIONAL SOBRE EL PARAJE - TopicsExpress



          

BULLAS MOCION PRESENTADA EN LA ASAMBLEA REGIONAL SOBRE EL PARAJE DE LA RAFA José Antonio Pujante Diekmann, Diputado de Izquierda Unida – Verdes de la Región de Murcia y Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto, de acuerdo con lo establecido por los artículos 186 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presento ante la Mesa de la Asamblea Regional de Murcia para su calificación y admisión a trámite, la siguiente MOCIÓN sobre : PARAJE DE LA RAFA. BULLAS La crisis económica y sus indeseables efectos en la Región de Murcia han abierto un debate social y político -que aún no ha llegado a grandes conclusiones- sobre la necesidad de abordar un cambio en el modelo económico y productivo en nuestra Región. El modelo de los últimos años, del que en buena medida trae causa la situación económica que atravesamos, estuvo excesivamente marcado por el sector de la construcción y por la especulación desatada en torno suyo, a lo que ayudó sin duda una política urbanística irracional, muy alejada del interés colectivo, de mira cortoplacista, aunque con graves efectos proyectados en el medio y largo plazo. Esa política, en la práctica totalidad de los municipios de nuestra Región, se valió de la figura de los convenios urbanísticos; instrumentos que pese a su excepcionalidad teórica han sido norma en las políticas urbanísticas municipales. El extraordinario número de convenios de esta naturaleza que se han firmado en nuestra Región en los últimos años, violentando la correcta planificación urbanística a través de los distintos planeamientos municipales, aún dará mucho que hablar. Su abuso, la imposibilidad de plasmar en los planeamientos algunas de sus estipulaciones, la crisis inmobiliaria, el cambio de intereses que impone esa crisis en los actores que los firmaron, las dilatadas tramitaciones de las que adolecen, las numerosas peticiones de devolución de las ingentes cantidades ingresadas en las arcas municipales como consecuencia de la falta de cumplimiento de plazos para plasmar de manera definitiva sus contenidos en los planes generales, etc., están residenciando en los Tribunales de Justicia las desavenencias entre los distintos actores. Circunstancia ésta que amenaza con dejar en bancarrota a más de un municipio de nuestra Región, y sobre la que ya ha mostrado su preocupación más de un alcalde. Sirva la anterior introducción para focalizar la iniciativa que ahora traemos a este Pleno en un convenio urbanístico concreto que afecta al municipio de Bullas. De nuevo se trata de un convenio urbanístico usado como herramienta para salvar un problema totalmente ajeno a la correcta y racional planificación urbana de un municipio, que carece de un adecuado estudio económico que pueda garantizar el exigido equilibrio de las contraprestaciones en él contenidas, y con el que se pretende dar una solución extraprocesal a un litigio jurídico que enfrenta al Ayuntamiento del citado municipio con una empresa del lugar que, al parecer, era propietaria de una finca ocupada hace años el Ayuntamiento para realizar en la misma determinados servicios y dotaciones. Un convenio que pretende modificar sustancialmente el Plan General de Bullas, aún en fase de aprobación provisional, en una zona circundante con el conocido paraje de “La Rafa”, un amplio espacio verde y dotacional en el que se residencia el ocio de buena parte de los ciudadanos de Bullas, que, de no poner remedio, acabará convirtiéndose en el jardín trasero de una nueva zona residencial en terrenos de propiedad de la empresa atrás citada, a los que se pretenda dar una densidad edificatoria altamente impactante para la zona descrita y absolutamente al margen de los desarrollos naturales de la población. A los males que impregnan al resto de convenios, hay que añadir en este caso que las estipulaciones del convenio en cuestión, de ser plasmadas definitivamente en el planeamiento urbanístico de Bullas, no sólo se materializarían frente a una amplia oposición de los vecinos de aquel municipio expresada en centenares de alegaciones al convenio, sino que además, y por ello traemos esta moción a la Asamblea Regional, contravendrían igualmente las previsiones que para la zona en cuestión se fijan en las Directrices y Plan Territorial de la Comarca del Noroeste de la Región de Murcia, aprobadas provisionalmente. Las Directrices citadas, fueron aprobadas inicialmente mediante Orden, de 4 de marzo de 2009, del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio. En esa orden, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, se suspendía por el plazo de un año “el otorgamiento de autorizaciones y licencias, así como la tramitación de los instrumentos de planeamiento urbanístico en el ámbito territorial de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial de la Comarca del Noroeste de la Región de Murcia, en todo aquello que contradiga a lo indicado en los citados instrumentos de ordenación territorial”. Las Directrices establecen a lo largo de su articulado diversas previsiones orientadas a salvaguardar la riqueza escénica del paisaje de esa comarca, un activo de primer orden y un potencial absolutamente estratégico para el futuro de la misma, hasta el punto de que el anexo 3 de la normativa de las Directrices contempla la realización de “estudios de paisaje” orientados a evaluar los impactos que sobre el mismo puedan tener actividades, actuaciones o usos sobre el territorio. A ese objetivo de preservación del paisaje responde asimismo el artículo 73 de la normativa de las Directrices cuando establece para el área funcional centro oriental (la que concentra la totalidad de las cabeceras municipales del noroeste) que “en el desarrollo de suelos urbanizables para uso residencial, se limitarán las densidades edificatorias a un aprovechamiento de referencia de mínima densidad”. Frente a esa previsión, y contra la misma, el texto del convenio urbanístico que venimos a impugnar establece para todo el ámbito un aprovechamiento de 0,5204 m2/m2, un volumen edificatorio más propio de centros urbanos que de zonas residenciales periféricas que, de materializarse, contaminaría irremediablemente el paisaje de Bullas. En virtud de lo anterior, sometemos a la consideración de Pleno de la Asamblea regional de Murcia el siguiente ACUERDO: 1º.- La Asamblea Regional de Murcia insta al Consejo de Gobierno, para que a su vez se dirija al Ayuntamiento de Bullas conminándole a respetar las previsiones contenidas en la Normativa y demás documentos de las Directrices y Plan Territorial de la Comarca del Noroeste en lo que afectan al enclave de La Rafa en el municipio de Bullas. 2º.- De igual modo la Asamblea Regional de Murcia insta al Consejo de Gobierno a garantizar la prevalencia de las Directrices citadas sobre las decisiones que en torno a su planeamiento urbanístico adopte el municipio de Bullas, removiendo asimismo cuantos obstáculos existan para la pronta aprobación de las Directrices. Cartagena 11 de septiembre de 2013. Fdo: José Antonio Pujante Diekmann. Portavoz G. Parl. Mixto.
Posted on: Thu, 12 Sep 2013 08:33:00 +0000

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