CUARTA PROPUESTA “Modificar y reglamentar debidamente el viejo - TopicsExpress



          

CUARTA PROPUESTA “Modificar y reglamentar debidamente el viejo procedimiento del tribunal de disciplina del 15/06/73, como restarle todo apoyo al proyecto de reforma del art. 45 de la ley 3725” Debemos ser claros defensores de la unidad fundamental de todo el derecho represivo que la doctrina y sobre todo la jurisprudencia mayoritaria adhiere. De lo que sigue que las numerosas infracciones que, exceden los marcos del Código Penal, están regidas, en lo no previsto, por los “principios generales” del Derecho Penal y Proceso Penal; por lo que nuestro reglamento, debe seguir esos principios y no los del fuero civil o procesal civil como se regla ahora. Así lo ha entendido en numerosos fallos la Corte de Justicia local y que nuestro foro se niega a aceptar (Sala I de la Corte de Justicia de la provincia. Sentencia de fecha 30-07-98 en el Expte. Nº 1411 “Tribunal de Etica del Consejo Profesional de Ciencias Económicas c/Cristina Guillen - Inconstitucionalidad y Casación” [PROTOCOLIZADO EN: P.R.E. 1998-S.1a.-T.II-Fº 229/231]; etc.) No debemos aceptar que el hecho de que muchas infracciones o faltas sean juzgadas por órganos administrativos –como en nuestro caso- esa situación pueda llevarnos a alterar la índole penal de las mismas, ni a desconocer la naturaleza jurisdiccional del acto de su juzgamiento, cualquiera sea el carácter del órgano que lo realiza. Por ello, también debemos restar todo apoyo al proyecto de reforma del art. 45° de la ley 3725 que no solo modifica la naturaleza de la prescripción, incorporándole principios del fuero civil, sino que amplia el plazo; lo que es inadmisible. Tampoco, podemos aceptar la dilación sine die de dichos procesos que importa, no sólo, una espada de Damocles sobre cada abogado, sino, también, admitir en los hechos un procedimiento que se lleva a cabo no obstante que operado indefectiblemente la prescripción conforme los términos del art. 67 del Cod. Penal, de aplicación supletoria. Para terminar, hemos defendido a innumerables colegas que han padecido estos abusos. ¡Basta!!! Sancionemos al que corresponda pero con todas las garantías que le asisten y en tiempo razonable. No es para menos. Conocemos algunos procedimientos que en nuestro Foro han demorado años. E, incluso, nos consta una sanción de 3 meses que se le aplicó a un colega y se la obligó a cumplirla, pero que, revocada por la Corte Local, aún así nuestro Foro todavía le niega el derecho a una reparación por esos meses que no pudo ejercer la profesión. ¿En esta condiciones nuestro Foro no tiene sentido?
Posted on: Tue, 06 Aug 2013 18:21:35 +0000

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