Corrupción en el Tribunal Constitucional al descubierto, la - TopicsExpress



          

Corrupción en el Tribunal Constitucional al descubierto, la sentencia que aprobaron ayer por mayoría sus miembros -hoy reemplazados por el Congreso de la República por fenecimiento de sus mandatos-, que ordena al Poder Ejecutivo el pago de los Bonos de Deuda Agrario, que ascendería a US $ 4,500 millones en 6 meses y cuya mayor cantidad de bonos según especialistas esta en manos ahora de Fondos de Inversión extranjeros que compraron a precio de remate a los tenedores originales a los cuales el Velascato les expropio tierras, se hizo sobre la base de una demanda (Exp. N° 00022-1996-PI/TC) en el año 2001 inexistente, que no hizo el Colegio de Ingenieros del Perú, hoy su Decano Carlos Herrera Descalzi dio a conocer al país por el diario Gestión, que luego de revisar sus Libros de Actas, NO FIGURA NINGUN ACUERDO que lo autorice. Tan grande y grave irregularidad debe ameritar denuncia penal por atentar contra la economía de los 30 millones de peruanos, de las presentes como futuras generaciones. A continuación puede informarse de tan espeluznante, grave y deplorable hecho que irregular que no tomo en cuenta el Tribunal Constitucional al emitir su fallo. | “Demanda por ejecución de bonos agrarios no fue iniciativa del Colegio de Ingenieros del Perú”: Su decano, Carlos Herrera Descalzi, dijo que la solicitud para ejecutar la sentencia -que data del 2001- para el pago de estos títulos provino de una persona que usó el nombre del gremio. “Nuestros libros no registran ningún acuerdo”. La demanda de ejecución de la sentencia de bonos agrarios fue presentada ante el Tribunal Constitucional (TC) sin un acuerdo interno del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), advirtió hoy su actual decano, Carlos Herrera, quien dijo que se trata de una irregularidad. La sentencia, que fue emitida en el 2001, necesitó de una disposición del TC para su ejecución, en el que se ordena un plazo de seis meses para su reglamentación. Este fallo se emitió, según el presidente del TC, Óscar Urviola, por una solicitud del CIP. “Una petición de esa naturaleza solo pudo haberse tomado mediante acuerdo asentado en las actas del consejo nacional y del congreso de consejos departamentales, máxima autoridad del colectivo. En los libros no encontramos ningún acuerdo al respecto”, declaró a la Agencia Andina. Por ello, dijo que la demanda no fue una iniciativa del CIP sino de una persona que usó el nombre del gremio. “Si me guío por lo que dicen los libros no hay ningún acuerdo al respecto, no hubo una voluntad del colegio sino de una persona”, detalló. Práctica irregular Herrera Descalzi declinó decir el nombre de quién presentó la demanda a nombre del CIP. Sin embargo, en el fallo del TC se menciona que esta fue hecha por ese gremio, representado por su entonces decano Rafael Riofrío del Solar. “Esto nos sabe a una acción irregular, que deja la impresión de que el tema hubiera sido gestado externamente por intereses externos al colegio y en el que la institución fue utilizada para el trámite”, añadió. El decano indicó que el CIP no tenía por qué haber pedido la ejecución del fallo de los bonos ya que no era parte afectada ni un tema de su competencia, pues ni siquiera tenía bonos por cobrar. Manifestó que desde el inicio de su gestión al frente de este gremio, en enero de 2013, nunca fueron notificados por el TC sobre el proceso. “Estas irregularidades denotan cierta turbidez, porque habría protección de intereses particulares al margen de lo legítimos que puedan ser, pero se le ha ocultado información a la institución, se actuó a la espalda de la institución”, agregó.
Posted on: Wed, 17 Jul 2013 22:36:14 +0000

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