CÓDIGO PENAL ARGENTINO: Art. 213.- Será reprimido con prisión - TopicsExpress



          

CÓDIGO PENAL ARGENTINO: Art. 213.- Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito. Para estos nunca hubo ni habrá un articulo ni ley que los detenga, ya que ellos hacen las leyes,ellos ponen jueces que dicen que es constitucional para sus intereses.Ninguna de estas empresas respetan a nuestra comunidad.
Posted on: Wed, 03 Jul 2013 20:22:05 +0000

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