DENUNCIA PENAL POR MALTRATO ANIMALde SU X Los Animales, el - TopicsExpress



          

DENUNCIA PENAL POR MALTRATO ANIMALde SU X Los Animales, el Domingo, 17 de octubre de 2010 a la(s) 15:33 ·QUE HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES? Se debe tener presente que: 1. Es un delito penado por el Código Penal. 2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona. 3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen. LEY 14.346 - DENUNCIAS POR MALTRATO Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país: 1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho. 2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (21 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad. 3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionario que la recibe. En Capital Federal: en la Unidad de orientación y Denuncias, Combate de los Pozos 155, ó en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en Viamonte 1147– Cap.En Provincia: en la Comisaría de la zona ó en UFI Unidad de Fiscalía de Instrucción. ES OBLIGACION del funcionario público (POLICIA) tomar la denuncia: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una "EXPOSICION CIVIL". Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse a realizar la denuncia. 4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describirlos hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación. 5. Pedir en la Unidad de Denuncia o Fiscalía el Nro. de Expediente de manera de poder seguir la causa para que la misma no muera. 6. En caso de muerte del animal deberá colocar el cuerpo en la heladera hasta que un veterinario verifique la muerte y expida un certificado para que se practique una necropsia. La necropsia debe realizarla un organismo oficial para que el certificado tenga validez legal (Ej: Facultad de veterinaria en Capital Federal 4524-8400). Luego agregar los resultados al expediente y seguir la causa.
Posted on: Thu, 05 Sep 2013 12:21:36 +0000

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