Desgranamos los costes de cada opción ¿Autónomo o SL? Para - TopicsExpress



          

Desgranamos los costes de cada opción ¿Autónomo o SL? Para ayudarte en la elección, hemos hechos los números por ti. Y te adelantamos el resultado. Los costes para arrancar la actividad y de mantenimiento y obligaciones formales de documentación son menores como autónomo. Sin embargo, sale mejor parada la Sociedad Limitada en el capítulo de desgravaciones fiscales Desarrollo una actividad empresarial simplemente como autónomo o constituyo una Sociedad Limitada? ¿Qué costes tienen? ¿Y si contrato a una persona? Si estás leyendo estas líneas y eres una de las cerca de 100.000 nuevas empresas constituidas el año pasado, seguro que sabes a lo que nos referimos. Si estás en la antesala de emprender y aún no te has detenido a pensar en ello, te pedimos que dediques unos minutos a leer nuestro Muy Práctico. Ya habrás supuesto que nosotros sí nos hemos hecho esas preguntas, y además se las hemos trasladado a un asesor fiscal, Jordi Tomás, socio fundador de Yasbow. El resultado es que emprender como empresario individual (autónomo) es 1.650,06 euros más económico. Una observación: en esta simulación partimos de la premisa de una persona física que solicita la capitalización del desempleo. Actualmente se puede obtener hasta el 60% para el arranque de actividad de un proyecto de inversión y un 40% para el pago de las cuotas del RETA. “Esta opción sólo es posible para desempleados (personas físicas), nunca para sociedades limitadas. Existiría una posible opción, pero sería a través de una Sociedad Limitada Laboral”, aclara Tomás. APUNTE FISCAL En el capítulo de desgra­vación por gastos derivados de la actividad, para nuestro experto “la Sociedad Limitada tiene un abanico más amplio que el empresario individual”. Y como ambos desempeñan la actividad desde su domicilio, la deducción sería en función de los metros cuadrados del mismo, “con un máximo del 50% para el autónomo. Esto conviene tenerlo en cuenta a la hora de hacer la declaración del IRPF”, advierte. En lo que no hay diferencias es en el gravamen de impuestos en las tributaciones a la Seguridad por trabajador, la cuota de IRPF retenido en nóminas y en el IVA general. Sí las hay, y a favor de la SL, en el aspecto fiscal. “ El Impuesto de Sociedades es del 25% sobre los beneficios obtenidos. Para el empresario individual sería un pago a cuenta trimestral que se calcula restando los gastos a los ingresos. El 20% sería la cuota a ingresar, que quedaría como pago a cuenta de la declaración anual del IRPF. De esta forma obtenemos en primera instancia un ahorro del 5% a favor de la SL”. Lo dicho. Tú eliges. LA RECOMENDACIÓN: Arranca como empresario individual y monta la sociedad cuando la actividad esté bien engrasada. Si necesitas alguna informacion mas o vais a emprender un negocio, no dudeis en poneros en contacto con nosotros, estaremos encantados de acompañaros en el proyecto con vosotros. Bufete Ruiz Punta Asesores Contacto@asesores
Posted on: Fri, 12 Jul 2013 07:17:43 +0000

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