Dictaminan que Ecogas reintegre dinero a unos 65.500 usuarios - TopicsExpress



          

Dictaminan que Ecogas reintegre dinero a unos 65.500 usuarios locales Es una sentencia en primera instancia que estipula que la firma deberá restituir entre $ 1,60 y $ 900 por usuario debido a que en 2008 afrontaron el cargo por gas importado que luego se frenó. Edición Impresa: domingo, 17 de noviembre de 2013 Comentarios(2) Votá(0) Imprimir Enviar Dictaminan que Ecogas reintegre dinero a unos 65.500 usuarios locales Algunos clientes afectados por el cargo podrían recibir una compensación. (Archivo / Los Andes) Miguel Ángel Flores Isuani - [email protected] Actualmente, Ecogas brinda el servicio de gas natural a más de 521.600 clientes (residenciales, comerciales, industriales, etc.), en Cuyo, de los cuales casi 80% corresponden a Mendoza. De esa cifra, 65.530 usuarios mendocinos debieron afrontar el cargo 2067/08 o el denominado cargo por gas importado, que el Gobierno nacional aplicó y terminó frenándose por una acción de amparo. Ahora, una sentencia en primera instancia de la Justicia Federal, además de dejar en firme la medida, estipula que la empresa deberá restituir entre $ 1,60 y más de $ 900 por usuario, según nivel de consumo y zona de residencia, por el período previo a la medida cautelar. El dictamen, firmado por la jueza Olga Pura de Arrabal, ordena a Distribuidora de Gas Cuyana S.A, Distribuidora Gas del Sur S.A y Nación Fideicomisos S.A, que procedan a la devolución o acreditación en forma íntegra de las sumas que hubieren sido percibidas por tal concepto. El cargo 2067 originalmente alcanzaba a consumos superiores a 1.400 m3 por año pero la medida cautelar aisló a Mendoza de otras provincias donde, como ocurre en otras como Córdoba o incluso San Juan, sí se cobra el ítem. En algunos casos, el reintegro pendiente corresponde a unos 5 meses de 2009. Así lo expone una presentación de Carlos Sottile, vecino de Bermejo, cuyo reclamo por una factura que -a raíz del cargo 2067- pasó de $ 68 a $ 157 bimestrales, fue la base para que la Justicia Federal provincial rechazara la vigencia del ítem en Mendoza a partir de la causa Sottile Carlos y otros c/ Enargas y otros . De todos modos, la historia del ítem suspendido tiene un final incierto. Es que si bien el Gobierno nacional acumula sin éxito un par de apelaciones ante la Cámara Federal local y un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación, el dictamen de la jueza Pura de Arrabal es apelable. La última actualización del monto del cargo fue en 2012, pero luego se retrotrajo a los valores de 2008. Particularmente en Mendoza, teniendo en cuenta que está todo paralizado, debemos esperar la resolución final de la Justicia, y la modalidad a utilizar para el reintegro será la que disponga el Enargas llegado el caso, expresó Juan Manuel Saieg, vocero de la Distribuidora de Gas Cuyana S.A. Casi la misma posición adopta por estos días el Enargas, amparándose en la necesidad de contar con un dictamen definitivo para avanzar. No obstante, los representantes de los consumidores advierten que las facturas emitidas y pagadas deberán esperar hasta el resultado final del juicio para la restitución. Ajuste con intereses Cuando finalmente eso ocurra, con el IVA incluido, las facturas de Ecogas deberán liquidar los montos que correspondan a usuarios de las categorías R3-1 hasta R3-4. De hecho, el cálculo toma en cuenta el nivel de consumo y la ubicación del inmueble y llega a superar los $ 900 según el caso. Un máximo que contrasta con los $ 10 que tienen a su favor algunos vecinos de la cuarta sección de ciudad. Lejos de los $ 8,41 pendientes de reintegro para un residente de Corralitos y los poco más de $ 2 a cuenta, de uno de Bermejo o de El Challao. Mucho más distante aún del irrisorio $ 1,63 que debería recibir otro residente de Godoy Cruz. Tal como lo establece la ley de Defensa del Consumidor, cuando un usuario incurre en mora, la restitución deberá contemplar una actualización de intereses al momento del pago, advirtió Mario Vadillo, abogado de la sociedad Protectora, que en su momento impulsó la medida cautelar con carácter colectivo. Más allá de que la sentencia es en primera instancia y puede ser apelada, para Vadillo sin el amparo no hubiera sido posible. Inicialmente, hubo un problema de falta de información sobre la aplicación del cargo, en referencia al caso testigo de Sottile. Por su parte, Susana Yelich, de Prodelco, avaló el logro y advirtió la necesidad de monitorear al ente regulador. El fallo está bien, más allá de que se apele hasta una instancia superior y llegue a la Corte. Lo que los usuarios esperan es que no les cobren lo que actualmente no pagan. Para eso estamos siempre atentos a lo que haga el Enargas, consignó Yelich.
Posted on: Mon, 18 Nov 2013 15:34:56 +0000

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