Día de la elecciones es declarado como feriado irrenunciable. - TopicsExpress



          

Día de la elecciones es declarado como feriado irrenunciable. Cierran supermercados y centros comerciales. La Dirección del Trabajo anunció que el próximo domingo 17 de noviembre, fecha en la que se desarrollarán las elecciones, se decretará feriado irrenunciable con el fin de facilitar el proceso de votación para los trabajadores del retail y supermercados. Mientras tanto, se ha determinado que para las personas que de todas maneras deban trabajar ese día, su empleador debe otorgar un permiso de dos horas para poder sufragar, de acuerdo a lo que está determinado en la ley. Estos funcionarios, al igual que los vocales de mesa, no podrán sufrir descuentos en sus remuneraciones en la ausencia a sus lugares de trabajo. La normativa es clara y precisa, dijo el seremi del Trabajo Rolando Fuentes, quien explicó que el feriado irrenunciable opera igual que en fechas anteriores. “El descanso para los trabajadores comienza el sábado 16 a las 21.00 horas y termina a las 06.00 horas del lunes 18, salvo que los dependientes estén afectos a turnos rotativos de trabajo. En ese caso se puede trabajar desde las 21.00 horas hasta las 24.00 horas del sábado o entre las 00.00 horas y las 06.00 horas del lunes 18 de noviembre”, recalcó. PERMISO LEGAL Todos aquellos trabajadores que deban laborar el día de las elecciones, independiente de su actividad, cuentan con permiso para ausentarse por dos horas para ir a sufragar, y en caso que el empleador no dé los permisos correspondientes, los empleados pueden hacer la denuncia en la Inspección del Trabajo y el empleador se expone a severas multas por incumplimiento de la Ley. “Las multas para los empleadores que no den el permiso para ir a votar tienen tres escalas según la cantidad de trabajadores. En empresas entre uno y 49 empleados, la multa es de 8UTM; de 50 a 199 trabajadores, es de 15UTM y de 200 a más trabajadores es de 20UTM, por cada trabajador”, indicó Fuentes. Agregó que, “también hay multas para aquellos empleadores que no otorguen el feriado correspondiente a sus trabajadores”. Al igual que en feriados irrenunciables, los negocios o almacenes atendidos por sus propios dueños pueden funcionar. RESTRICCIONES Como es feriado irrenunciable, los lugares de diversión como discotheques, casinos, negocios de conveniencia, restaurantes, farmacias que no se encuentren en centros comerciales o complejos administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, pueden funcionar. Pero al ser vísperas de una elección hay ciertas normativas que deben cumplir los locales que expenden bebidas alcohólicas. El día de la elección, entre las 05.00 y hasta las 20.00 horas, esto es, dos horas después del cierre de las mesas según el horario establecido por el Servel, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos, según lo establece el Artículo 116 de la ley Nº18.700. EVENTOS MASIVOS Durante el día de la elección y hasta las 20.00, esto es, las mismas dos horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales de carácter masivo, debido a que se puede alterar el normal funcionamiento del proceso electoral.
Posted on: Sun, 10 Nov 2013 19:41:05 +0000

Trending Topics



Recently Viewed Topics




© 2015