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EL 46% DE LOS INGRESOS EN ENFERMERÍAS PENITENCIARIAS SON POR CONSULTA PSIQUIÁTRICA Enfermos mentales: invisibles tras las rejas 7 de julio de 2013 EL CONFIDENCIAL (DANIELE GRASSO).- Cuando Manuel se acerca a la silla de la pequeña habitación donde recibe al periodista, la mueve como si no pesara. Los brazos largos le ondulan al lado del cuerpo, alto y delgado. Se sienta, se ajusta el abrigo blanco y entrecruza las manos hasta esconderlas entre las piernas. Tiene casi 50 años. Le caracterizan una voz profunda, el aire distendido y la tranquilidad con la que cuenta el brote psicótico que le sobrevino cuando, en 2006, ingresó en la cárcel por segunda vez. Habla en un despacho de una ONG madrileña, lejos de los muros de la prisión en la que pasó seis años a pesar de su enfermedad mental. La comunidad científica considera unánimemente que el ambiente penitenciario no es apto para personas con patologías de este tipo como destaca el estudio que un equipo de médicos elaboró en 2007 para la Unión Europea. La Ley española define "inimputables" a quienes por una alteración psíquica no pueden comprender que un hecho sea ilícito o no y, por tanto, no se les puede condenar a prisión. En el caso de Manuel, ni siquiera se tuvo en cuenta su enfermedad durante el juicio. Esa misma enfermedad por la que, años después, le sacarán de la cárcel. Al menos el 25% de los internos en las cárceles españolas padece una enfermedad mental, según el mismo Ministerio de Sanidad detalla en la "Estrategia Global de actuación en Salud Mental". Como ponen de manifiesto los datos analizados para realizar este reportaje, cada año se registran más de 40 consultas especializadas de psiquiatría cada 100 presos. El análisis de los datos oficiales de la Administración indica que, de media, el 46% de los ingresos en las enfermerías de los centros penitenciarios están motivados por una patología psiquiátrica, alrededor de 25.000 casos en los últimos tres años. Un médico que acuda a una cárcel española tiene que atender, en un año, a más de 420 casos de este tipo como promedio. Instituciones Penitenciarias no conoce exactamente cuántos enfermos mentales hay en las cárceles, dónde se ubican o cuántos de ellos fueron declarados inimputables. Manuel Arroyo Cobo, subdirector general de Coordinación de Sanidad en Instituciones Penitenciarias, ha reconocido este hecho: "Los datos que tenemos son estimaciones a partir de los estudios epidemológicos disponibles". Una carencia que es sólo un eslabón más de la cadena de errores y lagunas que, impulsada por la escasa voluntad política, condena al olvido y a la desatención a los presos con problemas de salud mental. "ALGO ESTA FALLANDO" Manuel, que prefiere que no se publique su nombre real, padece esquizofrenia, una patología que implica un desorden mental cuyas causas siguen sin esclarecerse y que provoca un vasta gama de alteraciones psíquicas y sociales. A Manuel se la diagnosticaron en 1993. En su segundo ingreso en prisión, la enfermedad se mezcló con un delirio por abstinencia de cocaína y heroína. Llevaba tres días de detención, tres días sin meterse. "Había hecho dieciocho atracos en un mes. Tenía mucho dinero, ¿sabes?", explica con voz plácida. En el banquillo de los acusados, nadie pidió que se realizara un informe pericial que averiguara su estado de salud mental. Le condenaron a diez años de cárcel. Era el año 2006. La directora de Instituciones Penitenciarias era Mercedes Gallizo. A pesar de que dejara el cargo en 2011, hoy sigue recordándose una afirmación suya habitual en conferencias y congresos: "Algo está fallando, cuando para muchas personas el camino a la enfermedad mental tiene su última etapa en la cárcel". La primera razón por la que "algo falla", se encuentra justamente en los juzgados: allí es donde la enfermedad puede no ser detectada en personas como Manuel. "Salvo que la discapacidad sea muy evidente, su detección se encuentra en manos del propio imputado o de su letrado", explica Carlos García Castaño, abogado penalista que atesora una larga experiencia en la asistencia legal a personas con problemas de salud mental. Los magistrados no suelen saber que están juzgando a una persona que padece problemas psíquicos. "La gran parte de las personas con trastornos mentales en el ámbito penal tienen abogados de oficio, que desconocen la historia personal, familiar y social de la persona", indica García Castaño. Resulta difícil admitir que un familiar está enfermo, y aún menos que un familiar está enfermo y tiene problemas con la Justicia. "A menudo, el acusado y su familia prefieren no poner de manifiesto su trastorno mental, pensando que les pueda perjudicar", concluye el abogado. Manuel, sin embargo, sí tenía una diagnosis de su enfermedad, detectada trece años antes, cuando ingresó en prisión por primera vez. Al no ser identificable a primera vista, el juez del caso prefirió decretar una condena al uso. Aún cuando el informe no se hubiera extraviado, como fue el caso de Manuel, ¿se habría podido evitar la inclusión de un enfermo mental en el medio penitenciario? El doctor Francisco Orengo es especialista en Psiquiatría Legal. Cuando un juez lo cree necesario, este médico acude a evaluar al acusado para definir su capacidad de juicio. "Se hace un informe, donde se contesta a la pregunta madre: si una persona tiene trastorno mental y si ese trastorno ha podido influenciar la capacidad de discernimiento entre el bien y el mal, o la capacidad de juicio", explica Orengo. "El problema es que hay mucha gente que no es examinada siendo inimputable", sentencia el doctor Orengo, "ya que si el juez no detecta indicios, el informe pericial no se lleva a cabo". Entonces, el primer filtro para evitar el ingreso de enfermos mentales en la cárcel se viene abajo. "La pieza clave de que el sistema penitenciario esté lleno de enfermos psiquiátricos es que ese informe pericial no es obligatorio”, apunta. Sería una cuestión saludable que hubiera exámenes psiquiátricos de rutina, que permitieran hacer, grosso modo, una discriminación", asevera Orengo. De la misma forma que se hace con los controles por el SIDA o la tuberculosis, añade este psiquiatra, se mejoraría la convivencia entre todos los presos, sanos o no. Si así fuera, Manuel habría sido reconocido como inimputable y habría sido condenado sólo a preservar alguna medida de seguridad y no a ingresar en prisión. El artículo 96.2 del Código Penal prevé ese tipo de medidas para personas que padecen una enfermedad mental y tienen problemas con la justicia. Si las medidas de Seguridad son privativas de libertad, el acusado es ingresado en un Hospital Psiquiátrico Penitenciario. En toda España existen dos: uno en Sevilla, que cuenta con 371 plazas, y otro en Alicante, donde hay 158 camas. Como destaca la propia Administración, sirven "para el cumplimiento de medidas de seguridad impuestas por razón de inimputabilidad completa o incompleta". Sin embargo, muchas de las medidas de seguridad acaban cumpliéndose en una prisión común. Además de los expertos citados, los datos confirman esta hipótesis: sólo en 2011 ingresaron en prisión alrededor de 600 personas que delinquieron debido a problemas psíquicos reconocidos y fueron condenadas a medidas de seguridad, cifra que aumenta con el crecimiento de la población reclusa. "A menudo el juez no tiene ningún otro recurso, aparte de la cárcel, al que enviar al imputado”, admite Cobo, subdirector de Sanidad de Instituciones Penitenciarias. Quienes ingresan en un Centro Psiquiátrico Penitenciario tampoco se encuentran en el sitio apropiado. Así lo indica la misma administración penitenciaria, en un informe que es parte de la Estrategia Nacional de Salud 2009-2013 del Ministerio de Sanidad: se los considera un recurso basado en un modelo "hoy ya superado". (ARTICULO COMPLETO EN ARCHIVO PDF ADJUNTO) Más información Fichero (187 KB)
Posted on: Mon, 08 Jul 2013 14:27:33 +0000

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