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ESTE DOCUMENTO, DONDE PLANTEAMOS ALGUNAS COSAS QUE YA COMENTARA, FUE ENVIADO AL UNEN POR MI Y EL EMBAJADOR MIGUEL ESPECHE GIL, ANTE LA INMINENTE VOTACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS ANTE EL PROYECTO DEL GOBIERNO, PARA REABRIR EL CANJE DE LA DEUDA, CONSIDERAMOS: 1.- La Dra. Elisa Carrió, siendo Diputada de la Nación, al tener conocimiento de los fraudes cometidos mediante el megacanje de títulos de la deuda externa pública, efectuó una denuncia penal en mayo de 2001 contra los responsables del mismo, junto con los diputados Alfredo Bravo, Graciela Ocaña y Mario Cafiero, la que tramitó ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, a cargo del Dr. Jorge Ballestero. Ello se debió al fuero de atracción determinado por la causa “Olmos Alejandro s/denuncia por defraudación a la Administración Pública” que tuvo sentencia el 13 de julio del año 2000. En dicha causa se encuentra procesado el ex ministro Domingo Felipe Cavallo, a la espera de ir a juicio oral y público ante el Tribunal Oral federal. 2.- En el mes de agosto de 2001, la Diputada. Carrió como Presidenta de la COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE HECHOS ILICITOS VINCULADOS CON EL LAVADO DE DINERO dio a conocer un informe en el que hacía especial referencia a la renegociación de la deuda pública a través del Plan Brady, lo ocurrido con la estatización de la deuda privada y los bancos que intervinieron en ese proceso fraudulento. 3.- Proyecto Sur, sostuvo desde siempre la necesidad de realizar una amplia Auditoría de la deuda pública. En tal sentido el Diputado Solanas y varios diputados presentaron un proyecto de Ley en el año 2010, que no fue tratado a pesar de tener dictámenes favorables de la Comisión de Peticiones y Presupuesto y Hacienda. Ese proyecto volvió a ser presentado en el 2012, y la Comisión de Peticiones que preside el Diputado Carlos Kunkel no lo trató a pesar de las dos notas que le fueron cursadas para que cumpliera con el art.109 del Reglamento de la Cámara. 4.- En el año 2010, el Embajador Miguel A. Espeche Gil, junto con la Dra. Graciela González, el Dr. Julio González, el Lic. Héctor Giuliano y el Cont. Néstor Forero, como miembros de una comisión de apoyo a la investigación de la deuda, designados por el Juez Federal subrogante, Dr. Eduardo Martínez de Giorgi, presentaron un pedido de nulidad de la deuda externa pública, en consideración a la sentencia dictada en julio del año 2000, y fundándose en principios del derecho civil y el derecho administrativo. (Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2) 5.- El Diputado Solanas, juntamente con todos los diputados del interbloque presentaron en el año 2011 un pedido de nulidad de toda la deuda de la dictadura, fundándose en el derecho administrativo y en principios del Código Civil que establece que los actos ilegales son nulos de nulidad absoluta, y todas sus consecuencias. Al correrse traslado al Ministerio Público, el Fiscal Federal, Dr. Federico Delgado, estimó que el pedido de nulidad era procedente, y el titular del Juzgado Federal, no lo resolvió aún, debido a la vacancia del Juzgado, y a haber asumido recientemente el nuevo titular, Dr. Ramos. (Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2 6.- Debido a que el canje del año 2010, fue promovido por la consultora Arcadia, de indudables vinculaciones con los tenedores de bonos, estando vinculados sus socios al capital financiero, el Diputado Solanas radicó una denuncia por tráfico de influencias e incumplimiento de los deberes de funcionario público, contra el Vicepresidente, Amado Boudou. La causa tramita actualmente ante el Juez Ariel Lijo, y el Fiscal Federal, Jorge Di Lello ha peticionado que se haga lugar a la investigación. Ese canje determinó quitas muy limitadas y los bonos que se presentaron estaban en manos del Citibank, el Deutsche Bank y el Barclays, quienes fueron los agentes de la operación. 7.- La reapertura del canje fue sugerida por Arcadia Advisors, quien venía preparando la operación desde el año 2008 junto a los bancos que intervinieron: Barclays, Citibank y Deutsche, debiendo tenerse presente que directivos de esa empresa estuvieron relacionados con acreedores de la Argentina desde el año 1977, apareciendo ahora como coordinadores de la oferta. Esta consultora es dirigida por Emilio Ocampo y Marcelo Etchebarne quienes participaron en los canjes de deuda provinciales de Formosa, Mendoza, San Juan y Buenos Aires. Diego Bossio, responsable del Anses y vinculado a este grupo, fue asesor del gobernador de Mendoza Celso Jaque en el canje del Bono Aconcagua y su hermano Pablo trabaja desde el año 2009 en el estudio jurídico de Etchebarne que este financista cuenta en sus antecedentes haber sido Asesor de la Unión de Bancos Suizos, Asesor de Salomon Smith Barney Para el Programa de deuda de la Pcia. De Buenos Aires en 1998 por 3.200 millones de dólares, asesorando a diversos bancos en las emisiones de más de 20 series de bonos de la Provincia. y asesor legal local para el canje de deuda por 3000 millones de dólares, siendo también Asesor de J.P. Morgan. Por su parte, Emilio Ocampo fue asesor del Citigroup, Director de Morgan Stanley en Londres y Vicepresidente del Chase Manhattan Bank en Nueva York, siendo su suegro, Mr. Brookes, consejero de Nelson Rockefeller y presidente de Cedel (Centro Internacional de Intercambio de valores y liquidación de Luxemburgo) y también integrante del estudios Milbank, Tweed, Hadley y McCloy, la oficina de abogados más importantes de los Estados Unidos, fundada por John Mc Cloy, asesor de 8 presidentes norteamericanos y que ha tenido como uno de sus principales responsables a William Webster que fuera director del FBI y de la CIA. 8.- Existen cuatro causas en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, donde se investiga la deuda pública hasta el año 2006, una de ellas, que declarara la ilegalidad de la mayor parte de la deuda de la dictadura en sentencia dictada por el Dr. Jorge Ballestero el 13 de julio de 2000. En las referidas causas, existen innumerables pruebas, testimonios, pericias, informes oficiales, que acreditan la existencia de actos ilegales, ilícitos varios, gestiones irregulares, y delitos de acción pública. A ello puede sumarse una profusa bibliografía nacional e internacional en materia jurídica, contable y financiera. 9.- En una de las causas antedichas, se encuentran agregada parte de la auditoría de la deuda privada efectuada por peritos del Banco Central, que determinaron sobre la fraudulencia de la misma, habiendo sido imputadas de actos ilegales empresas como Techint, Bridas, Socma (grupo Macri), papelera Rio Paraná, Renault Argentina, Cogasco, Selva Oil, Papel de Tucumán, Celulosa, Suchard, etc.). 10.- En la auditoría de la deuda privada, a que se hace referencia en el punto 9, se analizó la deuda mantenida con el mayor deudor privado, Cogasco, crédito que hoy reclama el AMRO BANK de Holanda, y forma parte de la obligaciones que se tienen con el Club de París. Los peritos determinaron que la deuda no debía pagarse porque los fondos comprometidos no entraron al país, sino solo una cuarta parte, que debía compensarse con multas que debía aplicar el Estado. 11.- En el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 2, corre por cuerda, una denuncia por infracción a la ley penal cambiaria, que tramitó originalmente ante el Juzgado Penal Económico N° 6, en el que se investigaba la acción de miles de operaciones ilegales. Hubo dictamen de la Fiscal Fátima Ruiz López, y el Juez determinó que la causa correspondía fuera investigada por la justicia federal dada su inescindible relación con el endeudamiento externo 12.- Un principio elemental de respeto al orden jurídico determina que no pueda desconocerse el fallo de la justicia federal sobre la deuda original de la dictadura, el cual se encuentra firme y ha pasado en autoridad de cosa juzgada, obligando a los tres poderes del Estado. También debemos hacer constar, que en las restantes causas existen informes oficiales y testimonios de funcionarios del Banco Central, que ponen en evidencia que toda la deuda de los períodos de la democracia, es la misma deuda de la dictadura permanentemente refinanciada. A ello se suma que por una cuestión de prudencia y de respeto al orden jurídico tal deuda no pueda ser objeto de canje o negociación alguna. 13.- Un hecho no menor, es que los abogados que supuestamente defienden a la Argentina (Cleary, Gottlieb, Steen y Hamilton), están vinculados a los grupos financieros más importantes como el Citibank, y fueron contratados a fines de la década del 80, participando en todos los procesos de canje del Brady y de emisión de bonos soberanos de la década del 90, habiendo dictaminado sobre la corrección de las operaciones cuestionadas. El gobierno del Ecuador, ante una presentación efectuada por la Comisión de Auditoría de la Deuda sobre los antecedentes de tales abogados, prescindió de sus servicios en el año 2008. 14.- El nuevo canje que pretende la presidenta, supone la intención de tratar de legitimar nuevamente una deuda fraudulenta que el gobierno se niega pertinazmente a investigar. Esto coincide con el hecho de no querer irse del Ciadi, de capitalizar al FMI y al BID, y de negociar con las grandes corporaciones internacionales como Chevron, Barrick, Telefónica y otras. 15.- Los anteriores canjes fueron decididos por Decreto, notificándose al Congreso Nacional con posterioridad, y recién ahora se mencione la potestad congresional de arreglar y renegociar la deuda pública, y se manda al Poder Legislativo un Proyecto para reabrir el canje. 16.- Es absolutamente falso que exista un proceso de desendeudamiento, y nuevamente, para explicar todo este proceso se recurre a cifras parciales, y no se quiere mostrar la descomunal transferencia de recursos que ha significado el sistema de la deuda. Tomando por buenas las cifras dadas por la Sra. Presidenta, de que desde el 2002 hasta la fecha se han pagado 173.733 millones de dólares de deuda, debemos agregar, que desde 1981 hasta el año 2001 se pagaron 218.174 millones de dólares, los que hace un total de 391.907 millones de dólares, sustraídos a la economía del país. A esto se suma, que la deuda pública al 30 de diciembre de 2012 es de 208.464 millones de dólares, habiendo aumentado en el año 2011: 14.632 MD y en el 2012 19.501 MD. 17.- Esta nueva creación escenográfica de reabrir el canje, cae en el error de suponer, que tenedores que tienen varias sentencias a su favor, por las cuales se les ha reconocido el pago de la totalidad de sus reclamos, quieran ahora aceptar quitas y avenirse a acordar con un gobierno que los ha repudiado permanentemente, y que ante el fallo de la Corte de Nueva York, recurre a esta medida, como última instancia para volver a negociar. 18.- Que uno de los argumentos utilizados para justificar la decisión de abrir el canje, es la posibilidad del default técnico en el que entraría la Argentina, de tener que pagar la totalidad de lo reclamado ante el Juez Griesa. Y ello debido a la cláusula de acreedor más favorecido que tienen los bonos emitidos en el año 2005 y 2010, por lo cual el gobierno nacional se vería obligado a pagar de la misma manera a todos los acreedores que entraron en los anteriores canjes. Ello no es exacto, debido a que tal clausula sería operable, si el gobierno negociara voluntariamente, y no ante la exigencia de una sentencia judicial como ocurre en este caso 19.- Una vez más se pretende tratar de enfrentar las consecuencias de un problema y no ir a sus causas, insistiendo en negociar uno de los fraudes más descomunales de la historia de nuestro país. 20.- Es necesario recordar una vez más, que para el derecho civil que nos rige y el derecho administrativo, los actos ilegales son nulos de nulidad absoluta e insanable, y ello no puede ser objeto de negociación alguna, ya que significaría caer en nuevas ilegalidades. 21.- Como el gobierno nacional, sostiene que todos los procesos de endeudamiento no pueden ser materia de investigación alguna, debido a que han sido legitimados por actos emanados de gobiernos democráticos, y convalidados por las distintas leyes de presupuesto, debemos recordar, que los actos ilegales e ilícitos, no son susceptibles de ser legalizados ni por el Parlamento ni por el Poder Ejecutivo, ya que se trata de acciones infractoras de la legislación civil y penal. Entendemos que la defensa del interés del país, tiene que estar dada: a) Crear en el Congreso una Auditoría de la deuda, para establecer lo legítimo de lo que no lo es, y pagar lo que corresponda, si existe algo que pagar. b) Dejar sin efecto la contratación del estudio de abogados Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton, y llamar a concurso para designar otros abogados. c) Rescindir el contrato con el Bank of New York, y designar al Banco Central o al Banco de la Nación como único agente de pagos d) Hacer un replanteo total sobre la cuestión de la deuda, no reconociendo en ningún caso, que se desconozca el orden jurídico del país. e) No aceptar la apertura de un nuevo canje, ya que eso significa aceptar la legalidad de las obligaciones externas. f) Reclamarle a los deudores privados (Macri, Bridas, Pérez Companc, Techint, Papelera Rio Paraná, etc.) todo lo que los gobiernos han pagado por ellos. g) Hacer un censo obligatorio de acreedores, para individualizar a todos los tenedores de bonos, estableciendo a quienes los compraron, a cuanto los compraron, con que fondos y cuál es el monto que reclaman. h) Solicitar a la Asamblea de las Naciones Unidas, que pida a la Corte Internacional de Justicia de la Haya, una opinión consultiva sobre los aspectos jurídicos de la contratación Internacional. Este planteo fue efectuado originalmente por el Embajador Espeche Gil en 1984, y en todos estos años ha tenido la opinión Favorable del Parlamento Latinoamericano, el Parlamento Europeo, de los Dres. José María Ruda y Eduardo Jiménez de Arechaga, ex presidentes de la Corte de Justicia de la Haya y de innumerables juristas de Europa y de los distintos países americanos i) Terminar definitivamente con el secretismo de todas las operaciones de reestructuración de la deuda pública, como corresponde en un país democrático que respete el estado de derecho. Entendemos que Coalición Sur no puede votar favorablemente un canje como el propuesto, porque estaría contradiciendo las acciones judiciales de dos de sus referentes principales, la Diputada Carrió y el Diputado Solanas, estaría desconociendo acciones judiciales; olvidándose de los proyectos presentados cuestionando al Ciadi, a los tribunales externos, pidiendo una Auditoría de la deuda; y fundamentalmente, porque desconocería principios del orden jurídico que nos rige. Debido a los distintos grupos políticos que conforman el UNEN, entendemos que ante el Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo para reabrir el canje, solo cabe oponerse a la apertura del mismo o abstenerse votar. Buenos Aires, 3 de septiembre de 2013 ALEJANDRO OLMOS GAONA MIGUEL ÁNGEL ESPECHE GIL
Posted on: Fri, 06 Sep 2013 14:40:25 +0000

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