El catálogo del Plan Especial de Protección en Ecija El - TopicsExpress



          

El catálogo del Plan Especial de Protección en Ecija El ámbito del Plan Especial de Protección, Reforma Interior y Catálogo del Conjunto Histórico Artístico de la Ciudad de Écija (PEPRICCHA) engloba 3281 parcelas, espacios significativos, jardines y elementos construidos aislados. Este número incluye los 824 inmuebles construidos en los últimos años y 69 solares, lo que hace un total de 2388 edificaciones que podemos llamar tradicionales. También protege el nomenclator antiguo de las calles. Este ámbito viene delimitado según un plano existente de la Ciudad en la Iglesia de Santa María del año 1843, por ser el de mayor antigüedad y precisión encontrado, tras lo cual se ha efectuado un reconocimiento in situ de las características de su trama urbana y de la antigüedad e interés de su edificación. Este reconocimiento, unido a un análisis detenido de los planos parcelarios, permite establecer con una gran exactitud el límite real de la trama histórica. Hay que hacer notar que en el Conjunto Histórico Artístico de Écija existe un gran número de edificios que son merecedores de conservar ya que, aunque son elementos que no destacan de manera singular, forman la esencia de la trama histórica y el ambiente urbano característico de esta Ciudad. Sus muros, patios interiores y fachadas están siendo barridos por las construcciones modernas de mayor confort pero resultantes de una manera de vivir importada y sin identidad cultural propia. En concreto, se catalogan 1008 edificaciones (un 42,2% del total) en todas sus categorías, 27 espacios urbanos, 20 elementos construidos aislados y los jardines de interés, además del nomenclátor de calles antiguo. El proceso de los bienes a catalogar se fundamenta en los siguientes modos de alcanzar el suficiente grado de conocimiento al respecto como para poder tomar una decisión: · La documentación escrita previa, tanto la bibliográfica como la procedente de documentos de planeamiento previo. · La visita, y consiguiente estudio, de todos y cada uno de los inmuebles situados en el ámbito del Plan Especial. · El consenso y la consulta en todo momento con los técnicos de la Junta de Andalucía. Tras la selección previa, sometida a reconsideración permanentemente en el proceso, la fase de clasificación es la que conceptualmente ocupa el segundo lugar. A partir de la generalización de las características más comunes se agruparon los diferentes bienes a proteger. Tal clasificación, como ya previamente se podía prever por analogía con lo que sucede en otros Catálogos, no es suficiente para determinar de un modo adecuado la protección de cada bien. Por ello se ha establecido una segunda clasificación que determina el grado de protección genérica de cada inmueble, sin perjuicio de imponer, en los casos en que es preciso, determinaciones concretas recogidas en la ficha individual. Por su extensión, y por las dificultades de acceso a muchos edificios, tales trabajos han exigido que la fase de información urbanística se dilatase hasta el final de la redacción, centrándose en un preciso y precioso trabajo de campo cuya finalidad era la de recabar in situ el mayor número de datos de entre los previamente decididos que debía contener cada ficha individualizada. Los elementos que destacan sobre los demás son merecedores en la legislación actual de una protección identificada. Son los Bienes de Interés Cultural, en sus distintas categorías de Monumentos, Jardines Históricos, Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Zonas Arqueológicas, etc. Los Conjuntos Históricos, que se igualan legalmente con las distintas categorías, presentan una problemática tremendamente compleja en todos los órdenes, que en el caso de nuestra Ciudad se acrecienta, ya que su extensión abarca una gran superficie de la totalidad del suelo urbano. Existe, por tanto, en la Ciudad de Écija, un abanico muy amplio de valores que hay que proteger, desde el enclave geográfico de la Ciudad y sus vistas, pasando por la calidad ambiental de los barrios, y la de la arquitectura e historia de sus monumentos y edificios singulares. Por esto, se han incluido en el presente Catálogo no sólo inmuebles, sino también los espacios urbanos y naturales, además de elementos singulares, que poseen un valor propio en la imagen histórica de la Ciudad. En cuanto a los inmuebles, un primer criterio ha sido la singularidad del elemento. En este caso, todas las iglesias, conventos, palacios, etc. que, independientemente de su calidad y número de alteraciones que han sufrido a lo largo de su historia, son todos merecedores de protección, aun a pesar de quedar en algunos casos sólo partes de la arquitectura de la obra: fachadas, portadas, torres, etc. Un segundo criterio ha sido su ubicación en la trama urbana, independientemente de su valor singular. Es éste el caso de los edificios residenciales de relativa relevancia si los consideramos como piezas aisladas, pero que en el conjunto de su calle o de su barrio o encontrarse en entornos de Bienes de Interés Cultural, son edificios que "hacen ciudad"; es decir, que por su uniformidad en la tipología de fachada, patios, etc. están contribuyendo a la creación de un ambiente urbano determinado. Por tanto, con independencia de la protección de que gozan, o que pueden llegar a tener, algunos inmuebles por su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y de la protección general del conjunto de las determinaciones del Plan Especial, los inmuebles incluidos en el Catálogo se dotan de protección urbanística concreta e individualizada por sus valores objetivos y singulares, por encontrarse en alguno o algunos de los siguientes grupos: · Edificios singulares, fundamentales para la identificación e imagen de la Ciudad, por su calidad arquitectónica, su significación histórica, su uso especial, en general público, su antigüedad, escasez o rareza, o su representatividad de un período significativo. · Edificios de interés arquitectónico, no singulares, cuya calidad compositiva o tipológica o la inclusión de algún elemento arquitectónico original contrastan dentro de la morfología urbana, constituyéndose en los ejemplos más depurados de la tipología tradicional de la Ciudad. · Edificios de interés ambiental, cuyo valor reside en su fachada, como plano que conforma los espacios públicos, por componerla repitiendo las características invariantes de la Ciudad o por su singularidad como ejemplo de la arquitectura popular. · Hitos, elementos urbanos, cuyo valor radica en su significado o en la singularidad de su forma o ubicación: templetes, oratorios, portadas de antiguos palacios, etc. · Espacios urbanos significativos · Jardines de interés, tanto públicos como privados · Restos de estructuras arquitectónicas pretéritas o territorios sobre los que emergen y bajo cuya superficie se presume, por noticias bibliográficas, la existencia de restos muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con métodos arqueológicos. Como antecedentes de este trabajo se encuentran: ·1. Catálogo del Plan General de Ordenación Urbana, aún en vigor, del que ya no existen algunos elementos. Sólo incluye, además de los setenta y tres edificios contenidos en el Catálogo Arqueológico y Artístico de la Provincia de Sevilla, otros ochenta y cuatro edificios y elementos de protección ambiental de muy diverso carácter. En todo caso, la creación de la Comisión Local de Defensa del Patrimonio Artístico, que debe aprobar todas las intervenciones en las edificaciones, garantizaba la tutela de la Administración, tanto local como provincial, tanto en las obras de reforma como en las de nueva planta. ·2. Catálogo del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico, que se aprobó provisionalmente. ·3. Catálogo del Estudio de Definición del Conjunto Histórico de Écija, elaborado por la Dirección General de Bienes Culturales, de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Clasificación de los inmuebles protegidos. Cada inmueble, según su naturaleza y condiciones, puede ser objeto de uno o varios grados de protección de entre los siguientes: 1.- Protección monumental. Son los edificios fundamentales para la identificación e imagen de la Ciudad, por su calidad arquitectónica, su significación histórica, su uso especial, en general público, su ubicación aislada y focal, su antigüedad, escasez o rareza, o su representatvidad de un período significativo. Incluye aquellos inmuebles que se encuentran en los siguientes grupos: Nivel de protección monumental. Parroquia de San Gil. Foto: Isabel Dugo · Bienes de Interés Cultural Declarados · Bienes de Interés Cultural Incoados · Bienes de Interés Propuestos BIC Todo edificio que durante la aprobación o vigencia de este Plan Especial sea Declarado o Incoado bien de Interés Cultural o se inscriba en el Catálogo General del Patrimonio Histórico andaluz, tendrá automáticamente este Nivel de Protección. Los 22 edificios con protección monumental se señalan con la letra A. 2.- Protección integral. Incluye aquellos inmuebles y elementos de excepcionales valores objetivos de carácter arquitectónico, histórico, artístico o típico que, con independencia de su estado de conservación deben mantenerse en su total integridad, con especial respeto científico de sus características singulares y de los elementos o partes concretas que lo componen. Se procurará la recuperación funcional y monumental por todos los medios de la técnica. Los 8 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra B. 3.- Protección global. Incluye aquellos inmuebles y elementos de especial valor artístico, arquitectónico, pintoresco o típico que por sus características objetivas y por conformar el ambiente urbano en que se hallan, deben ser conservados con tratamientos específicos para mantener sus condiciones volumétricas, estructurales y tipológicas; sin perjuicio de obras interiores o exteriores de adaptación compatibles con el uso pertinente a su estructura y función urbana. Los 64 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra C. 4.- Protección tipológica. La Protección Tipológica incluye aquellos inmuebles y elementos de especial valor arquitectónico, típico, pintoresco o ambiental que, si bien no alcanzan el valor singular que contienen los clasificados de Protección Monumental, Integral o Global, por sus características arquitectónicas originales o su significación en la historia de la Ciudad deben ser protegidos. Los 211 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra D. 5.- Protección parcial. La Protección Parcial incluye aquellos inmuebles y elementos de especial valor arquitectónico, típico, pintoresco o ambiental, que si bien no alcanzan el valor singular que contienen los clasificados en los niveles de protección anteriores, por sus características arquitectónicas originales o su significación en la historia de la Ciudad deben ser protegidos. Los 258 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra E. 6.- Protección ambiental. La Protección Ambiental incluye aquellos inmuebles tradicionales que contribuyen a la configuración del ambiente general de la Ciudad histórica de Écija y del carácter del espacio urbano en que se encuentren situados. Por las características de su fachada, supone el mantenimiento integral de la misma, tanto de su estructura portante como de los elementos definitorios de composición, cerramiento, protección y revestimiento, así como del mismo tipo de cubierta, con las especificaciones que se establecen pormenorizadamente en las fichas del Catálogo. Los 407 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra F. 7.- Protección de la composición. La Protección de la Composición incluye aquellos edificios cuyo valor reside en la fachada, como plano que conforma los espacios públicos, por componerla repitiendo las invariantes características de la Ciudad o por su singularidad como ejemplo de arquitectura popular. Por las características de su fachada, supone un régimen de permanencia que obliga al mantenimiento del sentido compositivo exterior de un inmueble irrecuperable y a la reposición de los elementos originales conservables, con las especificaciones que se establecen pormenorizadamente en las fichas del Catálogo. Los 38 edificios comprendidos en esta categoría son identificados con la letra G.
Posted on: Sun, 29 Sep 2013 02:53:47 +0000

Trending Topics



Recently Viewed Topics




© 2015