GOBIERNO DEL PERU – PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - TopicsExpress



          

GOBIERNO DEL PERU – PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PREMIER DE LA NACION DE LA REPUBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MINISTERIO DE LA PRODUCCION MINISTERIO DE JUSTICIA PRESIDENCIA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DEL PERU BANCO CENTRAL DE RESERVA DE LA REPUBLICA DEL PERU DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA REPUBLICA DEL PERU REFORMA LEY NRO. 27866 DEL TRABAJO PORTUARIO DE ESTIBA Ley Nro. 27866 del Trabajo Marítimo y Portuario de Estiba y Desestiba Autoridad Suprema para solución de problemas y conflictos entre los entes competentes y administrativos como sindicatos, asociaciones, federaciones, grupos, empresas, sociedades anónimas, entidades del estado públicos y privadas de la nación peruana y la Republica en General que mantienen relación con religión, mar tierra y aire y de una vez por todas dejar por culminado y finalizado todo tipo de arreglos, coimas y chantajes que se daban antes para así dar rienda suelta a la poca vergüenza, irresponsabilidad e incapacidad de los anteriores gobiernos, sus ministerios con sus representantes en el congreso, dirigentes sindicales que se dejaban llevar y demás entidades y los ex – presidentes cumplan sus condenas respectivas y juicios pendientes como debe de ser o de lo contrario y de una vez por todas para que no hagan perder mas tiempo y dinero y preocuparnos mas por el bienestar del país y trabajar en ello, darles asilo político a los ex – presidentes Alberto Fujimori Fujimori al Japón – Tokio y a Alan García Pérez a Francia – Paris por corruptos, vendidos y traidores a la patria, a la nación peruana y a la Republica en General con el rigor del caso y no tomar nada a la broma, ni al juego y no se vuelvan a repetir imágenes lamentables e intenciones de traición a la patria de negociaciones que tendrían que tener el valor que corresponden, serios y con una conducta adecuada y poder ahora si al fin llegar a un acuerdo de partes bien llevado con la responsabilidad que el caso amerita así también los representantes de los gobiernos municipales, gobiernos regionales y demás para seguir un ejemplo que nos lleve a caminar derecho a cada uno de nosotros y al país en General. Articulo 5. Del Ente Administrativo Los entes competentes para el conocimiento y solución de conflictos, de los procedimientos de inspección del Trabajo Marítimo y Portuario de Estiba será presidida por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, un representante de la Presidencia del Congreso de la Republica, un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, un representante del Ministerio de la Producción, un representante del Ministerio de Justicia y por un representante legal de los trabajadores y empleadores en armonía con lo que establezca la presente Ley y su Reglamento. Articulo 18. Régimen de Negociación Las relaciones de los Trabajadores Portuarios de Estiba con sus empleadores se efectúan de conformidad con los entes administrativos correspondientes y sus representantes legales en conjunto a fin de llegar a los acuerdos de conformidad con la presente Ley y su Reglamento.
Posted on: Tue, 22 Oct 2013 02:49:47 +0000

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