INDEMINIZACION AL TRABAJADOR DESPEDIDO UNA VEZ - TopicsExpress



          

INDEMINIZACION AL TRABAJADOR DESPEDIDO UNA VEZ JUBILADO JURISPRUDENCIA FALLO PLENARIO Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en pleno Couto de Capa, Irene Marta c. Areva S.A. s/ley 14.546 • 05/06/2009 Publicado en: LA LEY 16/06/2009 , 11 • DJ 24/06/2009 , 1754 • LA LEY 25/06/2009 , 7 con nota de Alejandro Gabet; Emiliano A. Gabet • LA LEY 2009-D , 230 con nota de Alejandro Gabet; Emiliano A. Gabet • DT 2009 (julio) , 773 con nota de Carlos Pose • IMP 2009-15 (agosto) , 1200 • LA LEY 19/08/2009 , 10 con nota de Leandro Recalde • LA LEY 2009-E , 132 con nota de Leandro Recalde • DT 2009 (diciembre) , 351 con nota de María Alejandra Guillot Cita online: AR/JUR/13288/2009 1 - Es aplicable lo dispuesto por el art. 253 último párrafo L.C.T. al caso de un trabajador que sigue prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador, luego del goce del beneficio de la jubilación. Observación El fallo , obligatorio para los jueces, termina con el problema del computo de la antiguedad del trabajador despedido despues de jubilado.Ya sea que se le hubiere dado de baja y luego una nueva alta (porque querian que continuara en la empresa) o que continuó sin este trámite, igual cobra solo la antiguedad posterior a la jubilación,Lean el art 253 de la LCT
Posted on: Wed, 04 Dec 2013 23:17:59 +0000

Trending Topics



Recently Viewed Topics




© 2015