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INSTITUTOS POR COOPERATIVA 1. ANTECEDENTES Los institutos por cooperativa iniciaron labores en 1972, como una alternativa educativa para que un mayor número de guatemaltecos pudieran tener acceso a la educación. Esta modalidad educativa, en su inicio no tuvo el apoyo adecuado para desarrollar su labor, por lo que fue necesario organizarse. Surge entonces la creación de Juntas Directivas Departamentales y la Nacional, quienes empiezan a luchar por la reivindicación de los Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza Media, habiéndose mejorado en gran manera el incremento al subsidio año con año, a través del Congreso de la República. ACUERDO MINISTERIAL No. 58 FECHA: 15 DE MARZO DE 1,995 EL MINISTRO DE EDUCACION, CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de enero de mil novecientos ochenta y ocho, fue emitido el Acuerdo Ministerial número 183 que contiene el Reglamento del Acuerdo Gubernativo número 1 de fecha diez y siete de enero de mil novecientos setenta y dos; por medio del cual se autoriza la creación de Institutos de Educación Básica por el Sistema de Cooperativa de Enseñanza, en tiempo del ministro de Educacion Alejandro Maldonado Aguirre. Presidente Carlos Manuel Arana Osorio. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Ministerial antes mencionado, que contiene el Reglamento paranormar la constitución, integración desarrollo, régimen económico, financiero ytrámite en general para que operen los Institutos de educación Básica por elSistema de Cooperativa de Enseñanza, no responden actualmente a sus necesidades mínimas ni permite su desarrollo Según Decreto Legislativo No. 17-95 del Congreso de la República, se autoriza la creación y funcionamiento de “Ley de Institutos de Educación por Cooperativa”, los cuales deberán regirse por la Ley de Educación Nacional, así como por la doctrina y principios del sistema cooperativo. El Acuerdo Ministerial No.58 de fecha 15 de marzo de mil novecientos noventa y cinco contiene el Reglamento de Institutos por Cooperativa de Enseñanza. Los Institutos por cooperativa, son entidades no lucrativas, que establecen mecanismos y técnicas adecuadas para permitir una mayor participación del Estado a través del Ministerio de Educación, de las autoridades municipales, de los padres de familia y del sector privado. El Gobierno de la República autorizó la creación de Institutos por cooperativa, destinados especialmente para las distintas comunidades del país que lo requieran, principalmente en el área rural. 2. DESCRIPCION Los Institutos de Educación Básica por Cooperativa tienen como finalidad contribuir a la formación integral de los guatemaltecos, en las áreas y niveles regidos y autorizados por el Ministerio de Educación. La formación académica por medio del sistema educativo del país se convierte en una necesidad para el ser humano, necesidad imprescindible en el siglo XXI. Sabiendo que muchas de nuestras comunidades carecen de servicios básicos, entre ellos la educación, y conociendo la situación económica precaria que afronta la mayoría de la población, se considera necesaria la apertura de institutos mixtos de educación básica por cooperativa, para dar oportunidad a que los jóvenes y señoritas de las comunidades sean beneficiados (as) y tengan acceso al ciclo de educación básica como parte del nivel medio. 3. OBJETIVOS • Facilitar a la población el acceso a la educación. • Contribuir al mejoramiento formativo e informativo de la población, proporcionando la educación a precios accesibles. • Formar a en los y las estudiantes una personalidad integrada, a través de la metodología, plan de estudios, y todos los elementos que conforman el currículo de la institución. • Cumplir con las normas que se establecen en el Reglamento de Institutos por Cooperativa de la República de Guatemala. 4. POBLACIÓN BENEFICIADA Total alumnos en toda la República: 111,703 Hombres: 65,317 Mujeres: 46,386 Total de establecimientos educativos: 719 5. COSTOS El Ministerio de Educación, a través del Acuerdo Ministerial No. 30-2005 de fecha 7 de marzo de 2005, otorga una subvención económica de Q.18,420.00 al año para las secciones de 20 a 45 alumnos y Q.7,368.00 para secciones únicas de 15 a 19 alumnos. Los padres de familia pagan una colegiatura de Q.20.00 mensuales y las municipalidades aportan Q.1,000.00 anuales por grado o sección. De esta manera, los Institutos por Cooperativa están financiados de manera tripartita por el Ministerio de Educación, la Municipalidad local, los padres de familia y algunas veces el sector privado. 6. IMPACTO ESPERADO • La integración y trabajo conjunto de padres de familia, el Estado y las Municipalidades, representados por una Junta Directiva, para facilitar el acceso a la educación y la ampliación de la cobertura en el área urbana y rural. 8. DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO QUE INTERVIENEN • Direcciones Departamentales de Educación del Ministerio de Educación, Unidad de Administración Financiera -UDAF- y Dirección de Calidad y Desarrollo Educativo DICADE.
Posted on: Sat, 27 Jul 2013 05:38:07 +0000

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