#IndultoMCarmen Hola a todas y todos, por la Plataforma Feminista - TopicsExpress



          

#IndultoMCarmen Hola a todas y todos, por la Plataforma Feminista de Alicante se está llevando a cabo una campaña para conseguir el indulto de MCarmen, que mató al violador de su hija. En caso más graves se ha considerado el indulto, pero claro, cuando se trata de una mujer en contra de un machista la cosa cambia. Hemos de conseguir el indulto, hemos de mover en las redes sociales Facebook y otras pero sobre todo en Twitter: RT #IndultoMCarmen. Mar Esquembre, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante y miembra de la PF Alicante, ha preparado un escrito solicitando el indulto. Cuantas más firmas tenga, más posibilidades hay de ganar. Es urgente, antes del viernes próximo quieren presentarlo ante el registro de la Subdelegación del Gobierno. Aquí tenéis el modelo de escrito, podéis presentarlo a nivel particular o en representación de vuestras organizaciones. Fijaros bien a la hora de cumplimentar los datos. Luego lo presentáis en los registros que vienen más abajo del escrito y mandáis copia escaneada a Mar a su correo: Mar Esquembre o por fax a su atención: 965909496. Y rápido, es urgente!!! > > Por favor, es muy importante esta acción. Os llevará un rato, pero no es complicado y podemos conseguir que esta mujer no entre en prisión. Si no conocéis el tema, abajo tenéis enlaces de prensa que os aclararán las cosas. > > Modelo solicitud indulto a Mari Carmen para asociaciones: > > (tu nombre), mayor de edad, vecina/o de (tu localidad) y con domicilio en (tu dirección), con DNI núm……, en representación de la (nombre de la asociación, plataforma u organización) (añadir la misma información de nombres/asociaciones, pues aglutinadas tienen más fuerza. Si no perteneces a ninguna asociación y envías este texto a nivel individual, omite este paso). > (No olvidéis firmar el escrito al final, una firma por persona/asociación!) (al final de este escrito se indica dónde y cómo se puede presentar) > > Conforme a lo establecido en en el artículo 62. i) de la Constitución Española, y a tenor de lo previsto en la Ley 18 de junio de 1870, modificada por la Ley 1/1988, de 14 de enero, mediante el presente escrito: > > Solicitamos el INDULTO de las penas de cinco años de prisión por el delito de asesinato y de seis meses de prisión por el delito de lesiones para MARIA DEL CARMEN GARCIA ESPINOSA, cuyas circunstancias personales obran acreditadas en Sumario núm. 2/2005, incoado por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de los de Orihuela y en rollo de Sala núm. 39/2006 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante (sede en Elche). Y ello con base en los siguientes > > MOTIVOS > > Primero.- Por considerar inconstitucional la denegación en resolución del Consejo de Ministros de 19 de abril de 2013 de la petición de indulto solicitada por la hija y el marido de María del Carmen García Espinosa, a pesar de constar informes favorables al mismo por parte del Ministerio Fiscal y de la Audiencia Provincial de Alicante. Conociendo otros casos en los que el indulto ha sido favorable, consideramos que el Gobierno, en este caso, ha incurrido en arbitrariedad y el art. 9.3 de la Constitución española establece que ésta garantiza la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. La Real Academia Española define la arbitrariedad como “acto o proceder contrario a la justicia, la razón o las leyes, dictado solo por la voluntad o el capricho”. Aunque la ley no ordena de forma expresa la motivación de la concesión o denegación del indulto, la única forma de controlar las decisiones de los poderes públicos para evitar que incurran en arbitrariedad, y generar confianza y trasnparencia democrática es que expliquen la razón de sus decisiones. > > Segundo.- Por una justicia humanitaria: Maria del Carmen García Espinosa sufre desde la violación de su hija Verónica, que entonces contaba 13 años de edad, por Antonio Cosme en 1998 y como consecuencia de ello un transtorno adaptativo mixto con síntomas ansioso-depresivos que, sin duda, serán agravados si vuelve a ingresar en prisión, en la que ya estuvo un año como consecuencia de los hechos por los que ha sido condenada. Teniendo en cuenta que las penas privativas de libertad, tal y como preceptúa el art. 25.2 de nuestra Constitución, han de estar orientadas hacia la reeducación y reinserción social, en este caso, su cumplimiento sólo se podría entender como un castigo meramente ejemplarizante, lejos de su sentido constitucional. > > AL EXCMO. SR. MINISTRO DE JUSTICIA > > > Cómo se puede presentar(de forma presencial o por correo ordinario) > > De forma presencial > > La solicitud de indulto puede ser presentada por cualquier ciudadana/o en las siguientes direcciones: > > En el Registro General del Ministerio de Justicia (Centro de Atención al Ciudadano). > > En cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, exceptuando la Gerencia de Órganos Centrales. > > En cualquier Registro de la Administración General del Estado o de la Administración de las Comunidades Autónomas y en las Corporaciones Locales que hayan suscrito el Convenio de Ventanilla Única. > > Solicitud por correo > > La solicitud también puede ser enviada por correo a la siguiente dirección: Registro General del Ministerio de Justicia (Centro de Atención al Ciudadano) > > Se recomienda la presentación del sobre abierto en la Oficina de Correos para que sellen el escrito y la copia del escrito presentada por el solicitante. > > > Dirección: Servicio de Indultos. San Bernardo, 45. 1ª planta. 28015 – MADRID. > > > INFORMACIÓN EN PRENSA DEL TEMA: ccaa.elpais/ccaa/2013/06/04/valencia/1370337355_787952.html ccaa.elpais/ccaa/2013/06/06/valencia/1370517845_343497.html
Posted on: Sun, 09 Jun 2013 16:46:03 +0000

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