LA LEY DE MEDIOS: A LA ESPERA DE JUSTICIA La prueba ácida Por - TopicsExpress



          

LA LEY DE MEDIOS: A LA ESPERA DE JUSTICIA La prueba ácida Por Horacio Verbitsky El tribunal también tiene para resolver la constitucionalidad de una ley y de un decreto que apuntan al núcleo de la confrontación entre las autoridades constitucionales representantes de la voluntad popular y los poderes fácticos, que no reconocen restricción legal alguna a sus prácticas e intereses. La ley audiovisual fue sancionada por una amplia mayoría de las dos cámaras del Congreso en 2009, luego de intensos debates en cada una de ellas y de una serie de foros regionales en los diversos puntos del país, con un grado de participación de la sociedad sin precedentes. Pero medidas cautelares dispuestas por el juez suplente jubilado Edmundo Carbone, que había sido funcionario político en las dictaduras de 1966 y 1976, frenaron su aplicación durante tres años, hasta que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por jueces que el Estado denunció porque habían realizado viajes por cuenta de una entidad de lobby financiada por el Grupo Clarín (Ricardo Guarinoni, María Najurieta y Francisco de las Carreras), declaró inconstitucionales varios de sus artículos que obligan al Grupo a reducir el grado de concentración que alcanzó en el mercado de la televisión, violando incluso los topes que fijaba el decreto de la dictadura vigente hasta 2009. La Corte Suprema recibió el expediente el mes pasado con los recursos de las partes y lo remitió a la Procuración General para que dictamine. La Procuradora Alejandra Gils Carbó había iniciado el estudio del caso mucho antes de que le llegara el expediente, ya que todas las resoluciones eran públicas, por lo cual podría firmar su presentación antes de que comiencen las dos semanas de vacaciones de invierno del Poder Judicial. La Corte también recibió la medida cautelar por la que la misma Cámara impidió la ejecución del decreto 2552/12 del Poder Ejecutivo que anuló la venta de los terrenos que la Sociedad Rural ocupa en Palermo. Los jueces Ricardo Guarinoni, Graciela Medina y Francisco de las Carreras entendieron que “resulta verosímil” que el predio de Palermo sea propiedad de la Sociedad Rural y que el Estado Nacional no podría “recuperar un bien que vendió hace más de veinte años”. Según cuál sea el pronunciamiento de la Corte, el desenlace será recordado como parte crucial de un proceso profundo de redistribución del poder o como la declaración de impotencia de la democracia republicana ante algunos de los sectores particulares más poderosos, que han acompañado a todos los procesos de facto. Con la nulidad de la reforma del Consejo de la Magistratura, la Corte se legitimó ante la corporación judicial. Lo que está en juego ahora es la reconciliación de la justicia y de todo el sistema institucional con los intereses populares.
Posted on: Sun, 07 Jul 2013 12:51:22 +0000

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