LEY DE PENSIONES POR QUE NO EXISTE UN GRUPO EN COLOMBIA QUE ARME - TopicsExpress



          

LEY DE PENSIONES POR QUE NO EXISTE UN GRUPO EN COLOMBIA QUE ARME UN REFERENDO CON TODO ESTO E INCLUYENDO UN TOPE DE SUELDOS PARA LOS ALTOS FUNCIONARIOS DEL ESTADOINCLUYENDO AL PRESIDENTE, DE NO MAS DE 20 SALARIOS MMLV,,,,,,,, SERA QUE NO EXISTE EN COLOMBIA ALGUIEN O ALGUNOS CAPACES DE ESTO? AMIGOS: VAN A REFORMAR LA LEY DE PENSIONES PARA LOS ASALARIADOS. SOLICITEMOS QUE TAMBIÉN LO HAGAN PARA LOS DEL CONGRESO. ESTA ES LA PROPUESTA. PODEMOS APOYAR. Que cada destinatario reenvíe este e-mail a un mínimo de veinte personas de su lista de contactos (con CCO, o por este medio), y a la vez, pedir a cada uno de ellos que hagan lo mismo. En tres días, la mayoría de las personas de este país tendrán este mensaje. Esta es una idea que realmente debe ser considerada y repasada para el Pueblo. Ley de Reforma del Congreso de Colombia 1. El CONGRESISTA será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato. 2. El CONGRESISTA contribuirá a la Seguridad Social. Todo el mundo (pasado, presente y futuro) actualmente el fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El CONGRESISTA participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad. 3. El CONGRESISTA debe pagar su plan de jubilación, como todos los colombianos. 4. El CONGRESISTA dejará de votar por su propio aumento de salario. 5. El CONGRESISTA dejará su seguro actual de salud y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos colombianos 6 El CONGRESISTA debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los colombianos 7. Servir en el Congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas), después irse a casa y buscar empleo. SOBRE LOS PRESIDENTES Y EXPRESIDENTES El 9 de julio pasado 2011, el diario El Tiempo publicó un artículo en el que denunció que en Colombia más de cien servidores públicos se han ganado una especie de Baloto en los distintos juzgados del País. La publicación se refería a antiguos procuradores, magistrados, fiscales y miembros del Consejo Electoral que, a punta de tutelas y demandas, lograron que les re liquidaran sus pensiones que violan el monto máximo legal: $13.375.000 de pesos. Mientras este caso es revisado por las autoridades, hay unas pensiones que son inamovibles: las de los ex presidentes. Este es el ranking de las pensiones de los diez ex presidentes, o sus viudas, que por ley reciben esa asignación. El ex presidente Uribe es el mejor pago. Álvaro Uribe Vélez: $25.838.213 2002-2010 Andrés Pastrana Arango: $21.956.000 1998-2002 Ernesto Samper Pizano: $21.956.000 1994-1998 Martha Blanco de Lemos: $21.956.000 9 días durante el último año del gobierno Samper (Viuda de Carlos Lemos Simmons) César Gaviria: $21.956.000 1990-1994 Carolina Isakson de Barco: $21.956.000 1986-1990 (Viuda del ex presidente Virgilio Barco Vargas) Belisario Betancur: $21.956.000 1982-1986 Amparo Canal de Turbay $21.956.000 1978-1982 (Viuda del ex presidente Julio Cesar Turbay) Cecilia Caballero de López (Viuda de Alfonso López Michelsen) 1974-1978 $21.956.000 María Cristina Arango de Pastrana $17.871.000 1970-1974 (Viuda del ex presidente Misael Pastrana Borrero) El sueldo del Presidente en ejercicio, Juan Manuel Santos, es de $23.460.630. Si cada persona pasa este mensaje a un mínimo de veinte personas, en tres días la mayoría de los colombianos recibirán este mensaje. La hora para esta enmienda a la Constitución es AHORA. ES ASÍ COMO PUEDES ARREGLAR EL CONGRESO, el PODER EJECUTIVO Y EL PODER JUDICIAL COLOMBIANO. Si estás de acuerdo con lo expuesto, reenvía. Tú eres uno de mis contactos. Por favor, mantén este mensaje CIRCULANDO.
Posted on: Sun, 03 Nov 2013 10:52:03 +0000

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