Ley 716 Artículo 5o.- Serán sancionados con penitenciaría de - TopicsExpress



          

Ley 716 Artículo 5o.- Serán sancionados con penitenciaría de uno a cinco años y multa de 500 (quinientos) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas:….e) Los que eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas. Artículo 14.- Se consideran agravantes:a) El fin comercial de los hechos;….e) El haber sido cometido por funcionarios encargados de la aplicación de esta Ley. Artículo 15.- Los funcionarios públicos nacionales, departamentales y municipales, y los militares y policías que fueren hallados culpables de los hechos previstos y penados por la presente Ley, sufrirán, además de la pena que les correspondiere por su responsabilidad en los mismos, la destitución del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por diez años. Lo que el fiscal y el juez de Curuguaty no entienden es que la ley castiga con 5 años de prisión más 10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, a los que cometan y apañen el delito ambiental. Al juez y al fiscal tambien se les puede aplicar esta ley?
Posted on: Tue, 19 Nov 2013 03:21:50 +0000

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