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Miles de afectados de todo el territorio español, han visto como la segunda disposición adicional de la Ley 4/2013 de Fomento del Alquiler suprime la posibilidad de renovar la subsidiación de los préstamos concedidos. La mencionada disposición vulnera los principios más básicos de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad de las disposiciones que avala nuestra Constitución (Art. 9.3). Los afectados tenemos reconocidas estas ayudas en los visados de compraventa emitidos por la Administración. Suprimir la renovación, es suprimir retroactivamente unos derechos que tenemos adquiridos. El Ministerio de Fomento y el Gobierno de España, también deniegan la renovación de las ayudas, en base a unos criterios interpretativos, del artículo 35 del RDL 20/2012, que son internos y por tanto carecen de validez legal. Dicho Ministerio ha hecho unas interpretaciones que no reflejan fielmente lo expuesto en el RDL 20/2012. Estos criterios extienden la aplicación de la norma a la renovación de las ayudas en el plan 2009-2012, lo que no aparecía escrito. Además, amplía su aplicación a los planes de vivienda anteriores, que ni siquiera eran mencionados en la norma. Tras cada afectado hay un entorno familiar que se verá seriamente dañado con esta supresión. Esta medida puede abocar a muchas familias españolas a perder injustamente su vivienda protegida. También agrava la ya difícil situación de muchos ciudadanos en esta época de crisis económica.
Posted on: Sat, 07 Sep 2013 06:43:14 +0000

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