Nelsón Ramírez Torres Dieciséis pruebas más de que Maduro no - TopicsExpress



          

Nelsón Ramírez Torres Dieciséis pruebas más de que Maduro no es venezolano 6 Agosto, 2013 Si quien ejerce la presidencia de la República, Nicolás Maduro Moros, ha dicho tres veces que nació en Caracas, debe probarlo. La más pesada obligación de hacerlo la tienen el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Asamblea Nacional (AN), aquél por aceptar la postulación y proclamarlo, y ésta por juramentarlo. Igualmente está involucrado el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por la violación a la Constitución, porque el Presidente no es venezolano, y por existir un expediente en el que por ello fue demandada la nulidad de su elección. opinan los foristas Maduro, el CNE ni la AN, han probado que el primero sea venezolano. La semana pasada, el rector Vicente Díaz afirmó que el CNE no exigió a Maduro, cuando se postuló, − ni a los otros candidatos −, la presentación de la partida de nacimiento, sino sólo la cédula de identidad. Ahí está el epicentro de la inaudita realidad que sufre Venezuela con un Presidente extranjero. Ante hecho tan grave existen tres caminos: El primero, que Maduro continúe en el cargo porque demuestre que es venezolano por nacimiento, mediante la exhibición de su partida de nacimiento. El segundo, que de oficio el TSJ, para restablecer la situación infringida, anule la proclamación de Maduro y designe al presidente de la AN para que asuma el cargo y convoque nueva elección. El tercero, que el TSJ, por acción u omisión, acepte la violación a la Constitución y Maduro continúe en el cargo. Si Maduro ni esos organismos exhiben la prueba de que el Jefe del Estado y del Gobierno sí cumple el requisito, sencillamente estarían aceptando que un extranjero ocupe el cargo, esto es, no estaríamos ante una mala interpretación del texto constitucional sino con una prueba más del final del Estado de Derecho. Si no existe la partida de nacimiento de Maduro, debe abandonar el cargo en virtud de que no puede suplirla con otras pruebas. Para el futuro, si nació en Venezuela y no tiene dicha partida, tendría que obtener una sentencia, mediante pruebas supletorias, porque no fue presentado, o por pérdida o destrucción de los registros; o si son ilegibles; o que no se han llevado los registros de nacimiento. En el juicio, las partidas eclesiásticas tendrán el valor de presunciones. Tal sentencia es lo único que sustituye a la partida de nacimiento, como lo prevé el artículo 505 del Código Civil (CC). La partida de nacimiento debería existir porque el artículo 464 del CC ordena que dentro de los veinte días siguientes al nacimiento, debe ser presentado el niño ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio; y el artículo 446 del CC establece que “La Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio llevará por duplicado los registros de que trata el artículo anterior en tres libros, a saber: uno de nacimientos, otro de matrimonios y el otro de defunciones”. El artículo 447 del CC ordena: “… Todos los libros del Registro Civil reunirán las circunstancias siguientes: 1º. Estar en papel florete de orilla. 2º Contener en las primeras hojas las disposiciones de este Código concernientes a las partidas que se han de insertar y sus respectivos modelos. 3º. Estar todas sus hojas marcadas con el sello del Concejo Municipal (Alcaldía). 4º. Llevar en la última hoja la constancia, firmada por el presidente del Concejo, del número de folios que contenga el libro, el objeto de éste y del año en que ha de emplearse”. Ahora bien, la semana pasada señalamos 33 indicios que permiten el dictamen jurídico de que el señor Maduro no es venezolano por nacimiento. Veamos dieciséis más: 34. No se conoce la denominación de la oficina en la que fue presentado Maduro. 35. No se conoce el nombre de la autoridad civil ante quien fue presentado. 36. No se sabe quién hizo la declaración del nacimiento. El artículo 465 del CC ordena que debe hacerla el padre o la madre, por sí o por medio de apoderado; en su defecto, el médico o la partera o cualquier persona que haya asistido al parto o el jefe de la casa donde ocurrió el nacimiento. 37. No se sabe la fecha en que fue presentado, ni siquiera el año. 38. No se sabe quiénes fueron las personas que figuran en el acta, ni como partes, declarantes o testigos. 39. Maduro afirmó que fue bautizado en la Iglesia San Pedro, en Los Chaguaramos, Caracas. Tampoco exhibió la partida de bautismo. 40. Si fuese cierto que fue bautizado, la Iglesia venezolana ayudaría a Maduro con la exhibición de esa partida. 41. Lo anterior concuerda con el hecho de que artículo 473 del CC ordena que “En los registros bautismales no podrá asentarse ninguna partida de bautismo sin que se presente la certificación de haberse extendido la partida de nacimiento, o a falta de ésta la prueba que la supla…”. Es decir, en Venezuela para que exista el registro bautismal es indispensable presentar la partida de nacimiento. 42. No haber Maduro constituido otra prueba, distinta a la partida de nacimiento, en el supuesto de que nunca la haya tenido. 43. La manipulación de Maduro, en contraposición a la exhibición de su partida de nacimiento, al advertir a “quienes se atrevan a alejarlo de la Presidencia” que “nuestro país caería en un conflicto de violencia creciente… sólo el oficialismo puede garantizar la estabilidad venezolana… las suposiciones sobre su nacionalidad son excusas para adelantar un golpe de Estado… este pueblo sería poseído por tales deidades y su fuerza se quedaría pequeña… Yo nací aquí en Caracas… y como el maestro y padre Hugo Chávez siendo que la patria es todo el territorio de América Latina y el Caribe…”. (El Nuevo País, 2-8-13). La maniobra torticera constituye − según Luis Muñoz Sabaté (La prueba de la simulación) − el indicio de simulación denominado “Insidia”. Maduro podría, sin ser venezolano, dirigir el Psuv, y Diosdado Cabello ser el presidente de la República. La preocupación de Maduro es harto sospechosa, tanto por las excusas como por rehuir hablar de la partida de nacimiento, sin parar mientes en la capacidad jurídicamente significante de tal conducta. 44. La evasiva del abogado Herman Escarrá, quien en lugar de buscar la trabazón de lo jurídico, optó por decir que “En el orden ético y moral lo que procedía no era una impugnación sino el reconocimiento honesto de quien había ganado las elecciones, en este caso Nicolás Maduro Moros… La intención es desmontar la doctrina bolivariana del Estado, desmontar la idea de un Gobierno bolivariano, desmontar la unidad y la integración latinoamericana” (Correo del Orinoco, 22-7-13). La maniobra, de significancia semiótica, es evidente porque no se trata de eso sino de cumplir la Constitución, precisando si Maduro es o no venezolano. 45. El extraño comentario en Twitter (4-7-13), quizás pensando en que Maduro podría tener dos nacionalidades, de la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz: “de acuerdo con nuestra Constitución, la nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad”. Además de extraño, es inconstitucional porque el presidente de Venezuela sólo puede tener una nacionalidad. 46. El hecho de que el Gobierno de Colombia − dispuesto a hacer favores al de Venezuela − no haya dicho que Maduro no es colombiano basado en que no esté inscrito en sus registros civiles. En semiótica jurídica, este “Silentio” es típico de ocultación de la verdad 47. El hecho de que un buen número de venezolanos esté pidiendo al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, que diga si Maduro nació o no en Colombia, y éste no responda. Tal indiferencia es propia de quien evade el tema. 48. El hecho de que, con esa pregunta, aumente el clamor popular y Santos continúe sin responder. 49. Patricia Poleo dijo que Santos bloqueó los documentos sobre la nacionalidad de Maduro y éste dijo a ABC (4-8-13) que “es totalmente falso que yo tenga en mi poder esa documentación”. ”No pude haber bloqueado nada”. Santos usó un artificio porque el tema de fondo no es si bloqueó documentos sino si Maduro nació o no en Colombia. Es un subterfugio porque es de suponer que fue él quien ordenó pedir a la Registraduría Nacional del Estado Civil (dependencia de la Organización Electoral de Colombia) objetar la certificación presentada por Guillermo Cochez, lo cual hizo Carlos Arias, Director Nacional de Identificación. Santos y Arias evadieron referirse a la nacionalidad de Maduro. @NRamirezTorres
Posted on: Tue, 06 Aug 2013 14:53:23 +0000

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