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PARA IRSE PREPARANDO Y QUE NO NOS TOME POR SORPRESA Entérate. De acuerdo con el proyecto de Decreto de información exógena, que sera emitido, se realizan GRANDES MODIFICACIONES a los reportes de la información exógena, aumentando el universo de reportantes y reportados, ademas cambia drásticamente las fechas de reportes y los periodos a reportar. En resumen: Cambian todos los formatos, los formatos ya no son por conceptos, son por Cuentas del Puc, y se debe reportar todo el Puc con saldos y movimientos débito y crédito por personas/empresas. Hay nuevo prevalidador de la información exógena por parte de la Dian (¿) Se debe informar cual superintendencia vigila al reportante y cual PUC es el que reporta Se debe reportar el primer semestre del 2013 a partir de la primera semana de noviembre del 2013, con tres periodos bimestrales (ene-feb, mar-abr, may-jun). El segundo semestre del 2014, se debe reportar a partir de la primera semana de febrero del 2014. En cada periodo bimestral se debe reportar todo el puc con todas las personas/empresas. O sea en noviembre son 3 veces la información exógena (3 bimestres). Se debe reportar todas las planillas de nómina totalmente detallada por todos los conceptos y todos los empleados Cuando se factura por POS, registradoras o talonarios, se debe reportar toda la facturación, por rangos de facturas y por periodos. El tope de cuantías menores baja de $500mil a $100mil Se deben reportar las Retenciones y Autorretenciones del Cree por Tarifa Se deben reportar los Impoconsumo por Tarifa cancelados a cada uno de los terceros. Por tercero además de la información de los años anteriores, se debe reportar la actividad económica, el teléfono fijo, el celular y el correo electrónico. Si una persona natural no está obligada a llevar contabilidad, debe reportar con los conceptos de los años anteriores. Para las cooperativas y fondos de empleados AUMENTÓ drásticamente la información a reportar. Los Grandes Contribuyentes, las notarías, las cámaras de comercio, los consorcios y uniones temporales también aumentaron la información a reportar. También se incrementó la información del formato de Ingresos Recibidos para Terceros. Hay más información que pueden ver en el Proyecto de Decreto de Información Exógena 2013 de la DIAN. Las personas naturales o jurídicas que en el periodo a informar hayan obtenido ingresos brutos o egresos, por la venta o pago para los empleados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques o vales, deberán informar los los datos básicos de los vendedores y los pagos realizados con dichos bonos. Nos quedan solo 45 días para conocer la norma definitiva, capacitarnos, adaptar los sistemas de información, reprocesar información retroactiva (impconsumo), conciliar con nuestros clientes, proveedores, empresas de salud, pensión, riesgos, conciliar con quienes nos practicaron retenciones, conciliar con bancos, conciliar con las declaraciones de IVA y retenciones. También descargar el nuevo prevalidador, conocerlos, generar los archivos XML y reportar la exógena 3 veces (1 por cada periodo bimestral). Por lo anterior si este Decreto es expedido solo nos espera trabajar duro para dar cumplimiento con estos cambios.
Posted on: Wed, 18 Sep 2013 15:28:11 +0000

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