PERTURBACION A LA PROPIEDAD Por: Carlos Augusto Ríos Calvo El - TopicsExpress



          

PERTURBACION A LA PROPIEDAD Por: Carlos Augusto Ríos Calvo El artículo 58 de la Constitución Política garantiza el derecho a la propiedad, pero este se ve vulnerado por personas inescrupulosas, que utilizando su poder económico, pretenden apropiarse por vías de hecho de terrenos que no les pertenecen. En Armenia no somos ajenos a este tipo de situaciones de perturbación a la propiedad, por ejemplo, en la Avenida Bolívar con calle 46 Norte, manzana 171, según carta catastral del IGAC, existe un caso donde un buen día, alguien con escaso comportamiento ético , aprovechando que es propietario de un predio grande –lote 25-, pretende apropiarse de tres predios que no son suyos;-lotes- 26, 27 y 28-, y para ello corrió los linderos y les sembró unos palos de café pretendiendo ser señor y dueño. Situaciones como estas no se pueden seguir permitiendo, puesto que con ello se esta estimulando este tipo de prácticas invasoras. El llamado es a los padres de la Patria para que legislen castigando este modo de actuaciones que atentan contra la seguridad jurídica de la titularidad de los bienes. Este caso ha llegado a los estrados judiciales dentro de un proceso reivindicatorio que adelanta la catedral de Armenia y otro. Esperamos que los jueces de la república no sigan permitiendo esta clase de abusos a que están sometidas algunas personas de bien
Posted on: Fri, 23 Aug 2013 16:54:18 +0000

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