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POSIBLES COMPLICACIONES QUE PUEDES TENER AL DENUNCIAR Y QUE HACER Si presentas la denuncia en la PDI o en Carabineros, ellos deberán informar a la Fiscalía y el FISCAL les dirá que hacer. Recuerden que es el FISCAL es quien dirige la investigación. TENGA EN CUENTA: Todos los delitos se denuncian (no se deja constancia), debemos tener claro que una denuncia no es lo mismo que una constancia. Recuerde que tanto Carabineros como la PDI tienen la obligación de tomar nuestra denuncia como nosotros la hagamos, no como ellos quieran escribirla. Entonces cuando le digan “firme aquí” usted debe leer lo que dice la denuncia, y si no esta de acuerdo pida que sea correjida hasta que usted esté conforme. Luego de presentada la denuncia, está se va a la Fiscalía y ahí le asignan un RUC (Rol Único de Causa) con el cual usted podrá identificar su denuncia. Pero cuando vayan a presentar la denuncia pueden tener algunos problemas: La primera persona que los atiende no es un abogado, sino una persona que atienden el mesón de la Fiscalía. Si el funcionario te indica que no es un delito y no puedes denunciar o te deriba a Carabineros o PDI pide hablar con un superior. Si concurren a Carabineros o PDI, es muy probable que les digan “dejaremos una CONSTANCIA”. No accedan ni lo permitan, una constancia es una hoja de papel que quedará en la comisaría y listo. Ustedes deben dejar una “DENUNCIA”, la cual será informada al FISCAL. Los delitos siempre deben ser denunciados. Si están en presencia de un delito de maltrato animal, pueden llamar a Carabineros o la PDI. Ellos POR LEY tienen la OBLIGACIÓN de actuar frente a un delito, no pueden pasar de largo o decir “eso no es importante, es solo un perro o un gato”. El maltrato animal es un delito en nuestro país, de modo que si un Carabinero o un Detective presencia o sabe de un delito de maltrato animal, tiene la obligación de hacer las primeras diligencias e informar a la brevedad al Fiscal correspondiente. Si el Carabinero o el Detective no quiere actuar, ustedes pueden solicitar su identificación (Nombre, cargo y número de placa) y llamar a su superior. Ellos tienen la OBLIGACIÓN de actuar, no pueden “desestimar” una denuncia. Solo el FISCAL puede DESESTIMAR. Fuentes: PDI, BCN, EDRA, CNTV, PACH Leer más: policiaanimalchile.webnode.cl/denuncias/
Posted on: Mon, 25 Nov 2013 16:32:30 +0000

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