Presidente dice que los jefes de esa guerrilla "no necesariamente - TopicsExpress



          

Presidente dice que los jefes de esa guerrilla "no necesariamente tendrían que pagar cárcel". En su decisión de declarar exequible el marco jurídico para la paz, la Corte Constitucional les puso un límite a los beneficios que recibirían los máximos responsables de los grupos armados ilegales que negocien con el Estado. Uno de los alcances del fallo, que apenas se conoció la noche del jueves, señala que “el mecanismo de suspensión total de ejecución de la pena no puede operar para los condenados como máximos responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática”. En la práctica, la decisión implica que a pesar de que los jefes de grupos armados ilegales pueden recibir beneficios jurídicos, estos no podrán llegar a que no haya privación efectiva de la libertad. El anuncio de la Corte generó varias reacciones. Aunque consideró que “el pronunciamiento final será el fallo”, el presidente Juan Manuel Santos dijo que para el caso de las Farc, los jefes de esa guerrilla “no necesariamente tendrían que pagar cárcel”. “Lo que yo tengo entendido y lo que me dijeron fue que la sentencia no tenía ningún condicionamiento frente a lo que se presentó como reforma”, afirmó Santos en entrevista con Blu Radio. Sin embargo, para José Manuel Vivanco, director de Human Rights Watch, la decisión del alto tribunal tiene otros alcances. “Es una victoria monumental para los derechos de las víctimas. Permitir que los máximos responsables de hechos atroces como secuestros y ‘falsos positivos’–sean guerrilleros o militares– no cumplan ni un solo día en la cárcel hubiera convertido cualquier proceso penal previo en su contra en una farsa”, dijo Vivanco. Desde La Habana, donde se adelantan los diálogos de paz, los negociadores de la guerrilla han insistido en que “no pagarán cárcel”. Tal y como lo hizo al analizar la ley de Justicia y Paz, la cual fijó el mecanismo de justicia transicional para la negociación con los ‘paras’ –que pagaron entre cinco y ocho años de cárcel–, la Corte fijó nueve puntos o parámetros que el Congreso deberá tener en cuenta en el momento de diseñar la ley estatutaria que desarrolle el marco jurídico para la paz. Dentro de esos parámetros, el alto tribunal impone que para que sea aplicable el marco jurídico para la paz, “es necesario exigir la terminación del conflicto armado respecto del grupo desmovilizado colectivamente, la entrega de las armas y la no comisión de nuevos delitos en los casos de desmovilización individual”. Y agrega que para que procedan los criterios de selección y priorización, el grupo armado “deberá contribuir de manera real y efectiva al esclarecimiento de la verdad, la reparación de las víctimas, la liberación de los secuestrados y la desvinculación de todos los menores de edad”. En ningún caso, dice la Corte, habrá impunidad frente a los delitos atroces. REDACCION JUSTICIA justicia@eltiempo Herramientas Imprimir Reportar Errores Compartir Guardar artículo
Posted on: Sat, 07 Sep 2013 04:46:49 +0000

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