SE APROBÓ EN EL CONCEJO DELIBERANTE EL PROYECTO DE ORDENANZA - TopicsExpress



          

SE APROBÓ EN EL CONCEJO DELIBERANTE EL PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO POR ÈSTE BLOQUE DE CONCEJALES QUE PERMITIRÀ A LOS VECINOS/A DE LEZAMA QUE SEAN ADJUDICATARIOS DE LOS CRÈDITOS PRO CRE AR, A LA COMPRA DE TERRENOS A PRECIOS MÀS BAJOS DE LOS DE VALOR DE MERCADO.- VAMOS POR MÁS!!! CONCEJALES FpV TÌTULO: “PRO.CRE.AR Bicentenario”.- Lezama, 30 de Julio de 2013.- VISTO: La necesidad de que vecinos de Lezama que no cuenten con un terreno propio puedan acceder a su vivienda, y: CONSIDERANDO: Que el 12 de junio de 2012, la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández, anunció la puesta en marcha del “PRO.CRE.AR. BICENTENARIO Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar”; Que éste Programa tiene por objetivo atender las necesidades habitacionales de los ciudadanos de todo el territorio nacional, contemplando las diferentes condiciones socioeconómicas y la multiplicidad de situaciones familiares -numerosas, monoparentales, unipersonales, recién constituidas, etc.; Que PRO.CRE.AR BICENTENARIO proyecta la entrega de 400 mil créditos hipotecarios para la construcción de viviendas; Que se prevé el otorgamiento de los primeros 100.000 créditos durante el período 2012-2013; Que dicho programa tiene como meta impulsar la construcción de viviendas a partir del otorgamiento de los respectivos créditos a los beneficiarios, ya sea para la construcción de su propia vivienda o para adquirir aquellas que son construidas a través del programa; Que este programa tiene importantísimos efectos beneficiosos sobre el conjunto de la economía, tanto en la producción, como el trabajo y el consumo interno; Que en nuestra localidad se han construido más de 40 casas por medio de éste programa de Créditos Hipotecario; Que es necesario que los vecinos de Lezama que no cuentan con terreno propio, y hayan sido adjudicatarios puedan, acceder a su vivienda propia con la ayuda del Municipio; Que es interés de este Municipio impulsar y desarrollar políticas públicas que tengan como fin que todos sus administrados tengan una vivienda digna; Por ello el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones eleva al H.C.D. el siguiente: PROYECTO DE ORDENANZA ARTÍCULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta de terrenos que conforman el Banco de Tierras del Municipio de Lezama, a aquellas personas beneficiarias del Programa Nacional PRO.CRE.AR Bicentenario que tengan adjudicado el crédito para la construcción de vivienda, previa reglamentación que realizará el Departamento Ejecutivo mediante el decreto correspondiente y bajo los siguientes requisitos; • Tener residencia en nuestra ciudad al menos 5 años.- • Antigüedad laboral: 1 año. (Comprobar con recibo de sueldo o constancia de monotributo) • No tener Antecedentes financieros negativos como: 1. Retraso en pagos durante los últimos dos años. 2. Juicios, embargos, quiebras, concursos, morosidad en los últimos 5 años. • No superar los $ 20.000 de ingresos del grupo familiar. • No pueden tener propiedades a su nombre. • No pueden tener propiedades con usufructo a nombre de menores. • Asumir el compromiso de la construcción de la vivienda en el plazo de 3 años, caso contrario, el terreno volverá al poder del Municipio y se le devolverá el 20% de lo pagado.- ARTÍCULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con el Banco Hipotecario, incluir inmuebles en el sistema de Plan Familia propietaria o cualquier entidad que proporcione créditos para la construcción de viviendas.- ARTÍCULO 3°: De forma.-
Posted on: Fri, 30 Aug 2013 02:14:26 +0000

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