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SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ACUERDO por el que se crea la Subdelegación Federal del Trabajo del Estado de Quintana Roo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16, 17 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 3, 4, 5, fracción I, 6 fracciones X y XI, 31, 32 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y CONSIDERANDO Que uno de los objetivos de la planeación democrática, consiste en el fortalecimiento del pacto federal, para lograr el desarrollo del país, así como el equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo, en un marco de estabilidad económica y social; Que dentro de los compromisos de gobierno suscritos por la presente Administración, relacionados con el crecimiento económico, el empleo y la competitividad, se prevé el referente a que el Estado debe generar las condiciones que permitan el crecimiento económico que resulte en la creación de empleos estables y bien remunerados; Que una de las acciones que se han identificado para avanzar hacia el cumplimiento de este compromiso, consiste en acercar la administración a la ciudadanía, y al mismo tiempo, mejorar la eficacia operativa, con el fin de permitir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aumentar su capacidad de respuesta hacia la población que atiende, y Que en este marco, se ha considerado necesario crear la Subdelegación Federal del Trabajo del Estado de Quintana Roo, con el objeto de acercar a su población, los servicios que corresponde prestar a la Secretaría, en atención al aumento poblacional, económico e industrial de la circunscripción territorial del referido Estado, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA SUBDELEGACIÓN FEDERAL DEL TRABAJO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Artículo 1o.- Se crea la Subdelegación Federal del Trabajo del Estado de Quintana Roo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con domicilio en avenida Nader número 148, 1er. piso, despacho 103, edificio Barcelona, colonia Centro, Municipio Benito Juárez, Cancún, Quintana Roo, código postal 77500. Artículo 2o.- La Subdelegación que se crea tendrá competencia dentro de la circunscripción territorial de los siguientes municipios del Estado de Quintana Roo: 1. Benito Juárez. 2. Cozumel. 3. Isla Mujeres. 4. Lázaro Cárdenas. 5. Solidaridad. Artículo 3o.- Serán aplicables, en lo conducente, a la Subdelegación Federal del Trabajo que se crea mediante el presente Acuerdo, las disposiciones contenidas en el “Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas Federales del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y se delegan facultades en sus titulares”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 25 de mayo de 2005. Artículo 4o.- La Delegación Federal del Trabajo del Estado de Quintana Roo, podrá ejercer directamente las facultades de la Subdelegación que se crea mediante este Acuerdo, y tendrá la responsabilidad de coordinar, supervisar y evaluar la operación y funcionamiento de la misma, en términos de las disposiciones aplicables. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- La Subdelegación Federal del Trabajo en el Estado de Quintana Roo, iniciará sus actividades al día siguiente en que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación el aviso de inicio de actividades correspondiente. TERCERO.- Los asuntos que se encuentren en trámite antes de que inicie actividades la Subdelegación Federal del Trabajo del Estado de Quintana Roo, serán atendidos hasta su total culminación por la Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Quintana Roo. CUARTO.- El Oficial Mayor de la Secretaría, tomando en cuenta la opinión del Jefe de la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo, determinará el personal y los recursos materiales de la Delegación Federal del Trabajo que, en su caso, se reasignarán a la nueva Subdelegación. México, Distrito Federal, a dos de julio de dos mil trece.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.
Posted on: Tue, 30 Jul 2013 06:59:47 +0000

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