Se reglamentó la utilización del Ejido Municipal La - TopicsExpress



          

Se reglamentó la utilización del Ejido Municipal La Intendencia Departamental estableció una nueva reglamentación para el uso del Ejido Municipal, con el objetivo de actualizar la normativa que regía para ese predio -de algo más de 210 hectáreas- que data de 1920. En especial, la nueva normativa se adoptó luego de constatarse distintas situaciones anómalas en el uso del predio por parte de algunos de los vecinos que llevan allí sus animales. "Se entiende necesario establecer un máximo de animales por persona, en tanto el Ejido tiene su fundamento en que personas carenciadas puedan tener algún animal pastando en el mismo para su sustento familiar, y no como proyecto económico de particulares dedicados a la cria de ganado", señala al respecto uno de los considerandos de la Resolución gubernamental. En ese sentido, la nueva reglamentación determina que ninguna persona podrá tener animales sin previa autorización de la Intendencia Departamental, establece que para contar con la misma los peticionantes deben presentar la documentación de DICOSE de los animales, y se limita a tres el número máximo de animales y sus respectivas crías por cada persona. En cuanto a las personas que actualmente tengan animales en el predio del Ejido Municipal, se les otorga un plazo de 10 días para retirar los mismos u obtener la habilitación, plazo tras el cual los animales que no hayan sido retirados y cuyos propietarios no hayan regularizado la situación, serán retirados por medios de los procedimientos judiciales respectivos, siendo considerados como invasores. La nueva normativa también prohíbe el corte y extracción de césped, tierra y arena, y corte de flora, en el citado predio, salvo con autorización expresa de la Intendencia Departamental. Y, por último, prohíbe "la modificación de cualquier forma de las barrancas del río Olimar, quedando prohibido el ingreso de maquinaria de cualquier tipo sin autorización de la Intendencia Departamental". COMUNICADO 0429-2013 – Treinta y Tres, 21 de junio de 2013 Se reglamentó la utilización del Ejido Municipal La Intendencia Departamental estableció una nueva reglamentación para el uso del Ejido Municipal, con el objetivo de actualizar la normativa que regía para ese predio -de algo más de 210 hectáreas- que data de 1920. En especial, la nueva normativa se adoptó luego de constatarse distintas situaciones anómalas en el uso del predio por parte de algunos de los vecinos que llevan allí sus animales. "Se entiende necesario establecer un máximo de animales por persona, en tanto el Ejido tiene su fundamento en que personas carenciadas puedan tener algún animal pastando en el mismo para su sustento familiar, y no como proyecto económico de particulares dedicados a la cria de ganado", señala al respecto uno de los considerandos de la Resolución gubernamental. En ese sentido, la nueva reglamentación determina que ninguna persona podrá tener animales sin previa autorización de la Intendencia Departamental, establece que para contar con la misma los peticionantes deben presentar la documentación de DICOSE de los animales, y se limita a tres el número máximo de animales y sus respectivas crías por cada persona. En cuanto a las personas que actualmente tengan animales en el predio del Ejido Municipal, se les otorga un plazo de 10 días para retirar los mismos u obtener la habilitación, plazo tras el cual los animales que no hayan sido retirados y cuyos propietarios no hayan regularizado la situación, serán retirados por medios de los procedimientos judiciales respectivos, siendo considerados como invasores. La nueva normativa también prohíbe el corte y extracción de césped, tierra y arena, y corte de flora, en el citado predio, salvo con autorización expresa de la Intendencia Departamental. Y, por último, prohíbe "la modificación de cualquier forma de las barrancas del río Olimar, quedando prohibido el ingreso de maquinaria de cualquier tipo sin autorización de la Intendencia Departamental". COMUNICADO 0429-2013 – Treinta y Tres, 21 de junio de 2013
Posted on: Fri, 21 Jun 2013 20:00:54 +0000

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