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TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VII-J-2aS-35 CADUCIDAD DE LAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD FISCAL PARA APLICAR CUOTAS COMPENSATORIAS.- EL PLAZO SE COMPUTA A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DEL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN DEFINITIVO.- La facultad de las autoridades fiscales para aplicar cuotas compensatorias se extingue en cinco años conforme a la fracción II, del artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, porque se trata de aprovechamientos respecto de los cuales su pago no está sujeto a la presentación de declaraciones por ejercicios, sino que se pagarán cada vez que se importen mercancías respecto de las cuales se actualice la aplicación de dichas cuotas compensatorias. Por tanto, para el cómputo del plazo de caducidad mencionado debe atenderse a la presentación del pedimento de importación de las mercancías, por constituir la declaración o aviso de las contribuciones y aprovechamientos relativos con la importación de mercancías. En consecuencia, no es aplicable el plazo de diez años que se refiere a las contribuciones que se pagan por ejercicios. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/10/2013) PRECEDENTES: V-P-2aS-489 Juicio No. 1519/04-03-01-4/666/05-S2-07-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de marzo de 2006, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secretaria: Lic. Adriana Domínguez Jiménez. (Tesis aprobada en sesión de 7 de marzo de 2006) R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 67. Julio 2006. p. 43 V-P-2aS-561 Juicio Contencioso Administrativo No. 1460/05-03-01-9/92/06-S2-09-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 24 de octubre de 2006, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Secretario: Lic. Oscar Elizarrarás Dorantes. (Tesis aprobada en sesión de 24 de octubre de 2006) R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo III. No. 73. Enero 2007. p. 1426 VII-P-2aS-143 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 12632/09-17-11-4/1153/11-S2-10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 24 de abril de 2012, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar. (Tesis aprobada en sesión de 24 de abril de 2012) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 11. Junio 2012. p. 290 VII-P-2aS-166 Cumplimiento de Ejecutoria Núm. 3281/09-03-01-2/1109/10-S2-08-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 3 de mayo de 2012, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. Claudia Lucía Cervera Valeé. (Tesis aprobada en sesión de 3 de mayo de 2012) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 152 VII-P-2aS-300 Cumplimiento de Ejecutoria Núm. 12632/09-17-11-4/1153/11-S2-10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 24 de enero de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar. (Tesis aprobada en sesión de 24 de enero de 2013) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 20. Marzo 2013. p. 183 Así lo acordó la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la sesión privada ordinaria celebrada el martes nueve de abril de dos mil trece.- Firman para constancia, la Magistrada Magda Zulema Mosri Gutiérrez, Presidente de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Alma Rosa Navarro Godínez, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe. R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 21. Abril 2013. p. 16
Posted on: Wed, 14 Aug 2013 21:18:50 +0000

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