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os artículos 558, 559 y 652 de la ley vigente serán modificados, precisando los supuestos de procedencia de la medida de privativa de libertad, para garantizar el derecho a la libertad y el debido proceso de los jóvenes menores de edad. “La reforma se orienta a establecer que la privación de libertad, de un o una adolescente, debe atender a requisitos vinculados a la existencia de un delito que merezca privativa de libertad, que no se encuentra prescrito, y muy especialmente, que existan fundados elementos para estimar que el o la adolescente es autor, autora o partícipe en su comisión”, explicó. En cuanto al régimen de sanciones, que se especifica en el Capítulo III de la Lopna, se establecen cinco tipos de condenas según el delito incurrido, así como su objetivo, ejecución y control por parte de los Tribunales de Ejecución; también se proponen cambios orientados al fortalecimiento de la concepción educativa y de formación integral en toda sanción impuesta al adolescente declarado responsable penalmente.
Posted on: Sun, 24 Nov 2013 02:14:09 +0000

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